SESIÓN ORDINARIA
Miércoles, 31 de julio de 2024
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Tabla de Contenidos:
ACTA NÚMERO DIECISÉIS GUION DOS MIL VEINTICUATRO (16-2024). En la ciudad de Guatemala a las catorce horas (14:00) del día treinta y uno (31) de julio del año dos mil veinticuatro (2024), se inicia la sesión ordinaria, del Consejo Superior Universitario, que se encuentra reunido mediante la herramienta digital Webex, participando de esta los siguientes miembros de este:
Los Decanos:
Los Representantes de los Colegios Profesionales:
Los Representantes Docentes:
Los Representantes Estudiantiles:
También están presentes:
Se autoriza proceder de la manera siguiente:
Se procede a dar lectura al Acta No. 14-2024, correspondiente a la sesión ordinaria No. 14-2024 de fecha 10 de julio de 2024, la cual es aprobada por amplia mayoría, sin observaciones.
Constancias de Secretaría:
Se hace constar que el siguiente consejero emitió su voto vía WhatsApp:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar | 30 |
| 2 | No aprobar | 0 |
| 3 | Abstenciones | 2 |
| Total | 32 |
quórum: 32 miembros del Consejo Superior Universitario
Se hace constar que el siguiente consejero razona su voto, el cual copiado literal dice:
"El voto es obtención -sic- Ya que no dejan constancia en el acta las solicitudes que he realizado para convocatoria al Lic. Marco Vinicio de la Rosa Montepeque, representante del claustro de la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia ante el CSU, Justificando que la dirección de asuntos jurídicos no emitido -sic- dictamen".
Se procede a dar lectura al Acta No. 15-2024, correspondiente a la sesión extraordinaria No. 15-2024 de fecha 16 de julio de 2024, la cual es aprobada por amplia mayoría, sin observaciones.
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar | 26 |
| 2 | No aprobar | 0 |
| 3 | Abstenciones | 7 |
| Total | 33 |
quórum: 33 miembros del Consejo Superior Universitario
Se hace constar que el siguiente consejero razona su voto, el cual copiado literal dice:
Se procede a dar lectura a la agenda del día, misma que es aprobada por amplia mayoría con las siguientes observaciones:
El Secretario General de la Universidad de San Carlos de Guatemala, Abogado Luis Fernando Cordón Lucero, con la finalidad de lograr el buen desarrollo administrativo de la Universidad de San Carlos de Guatemala, realiza las siguientes solicitudes al seno del honorable Consejo Superior Universitario: a) Incorporación a la documentación del punto CUARTO, inciso 4.3, subinciso 4.3.1, los oficios que se describen a continuación: REF. SG-821-07-2024 de fecha 29 de julio de 2024, suscrito por el referido Secretario General y dirigido al Director General Financiero, para que, se sirva aclarar sobre la disponibilidad presupuestaria, colocada por el monto de ciento cincuenta millones, descrito en el OFICIO DGF No. 934A-2024 de fecha 17 de julio de 2024, en virtud que, el Departamento de Presupuesto de la misma Dirección, indicó en su pronunciamiento (Ref.D.P. OF 514-2024 de fecha 08 de julio de 2024) que la disponibilidad presupuestaria es de Q.150,000.00. Asimismo, agregar el OFICIO DGF No. 1007A-2024 de fecha 29 de julio de 2024, suscrito por el Director General Financiero, en el cual, aclara que se consignó erróneamente (de manera involuntaria) la disponibilidad presupuestaria en el OFICIO DGF No. 934A-2024, siendo lo correcto Q.150,000.00; b) Retirar de agenda y conocer en la próxima sesión ordinaria, el punto CUARTO, inciso 4.2 -OFICIO DGF No. 908P2024 de fecha 12 de julio de 2024 y Ref. D.P. OF 532-2024 de fecha 10 de julio de 2024- en virtud que, atendiendo a las NORMAS QUE REGULAN LA ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA, aprobadas por este Consejo Superior Universitario, en el punto CUARTO, inciso 4.1 del Acta No. 06-2023 de sesión ordinaria de fecha 29 de marzo de 2023, específicamente la Norma 5.1, establece que: "La Dirección General Financiera, por intermedio del Rector, presentará al Consejo Superior Universitario, un proyecto de política presupuestaria y las estimaciones primarias del Presupuesto General de la Universidad, a más tardar en la primera sesión ordinaria del mes de agosto de cada año. Dicho Organismo fijará la política presupuestaria durante el mismo mes de agosto." Y, en el presente caso, indica el Secretario General que, dicha documentación, no se traslada por intermedio del Señor Rector; y, c) Inclusión de un (1) punto, el cual reúne los requisitos para ser conocido por este máximo órgano de dirección, del cual la documentación fue recibida dentro del tiempo pertinente, y se detalla a continuación: OPINIÓN DAJ No. 40-2024, de fecha 31 de julio de 2024, suscrita por la Directora de Asuntos Jurídicos, referente al siguiente asunto: Solicitud de Aval para la ejecución del Proyecto denominado "MEJORAMIENTO CENTRO UNIVERSITARIO DE ZACAPA USAC-CUNZAC, ZACAPA, ZACAPA", identificado en el Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP- con el código No. 330446.
El Rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala, M.A. Walter Ramiro Mazariegos Biolis, solicita la venia del Consejo Superior Universitario, para dejar establecido que, todos los documentos que sean elaborados por la Dirección General Financiera -suscritos por los Asistentes Ejecutivos/ Profesionales en el ámbito financiero y, por el Director General Financiero- a partir de la presente fecha, sean avalados y suscritos por el asistente ejecutivo en asuntos jurídicos y administrativos o por el asistente ejecutivo en asuntos administrativos y jurídicos, con el nombre completo del profesional, su firma y el nombre de la plaza que ocupa, tal como se describe en su contrato correspondiente. Esto con la finalidad de brindarle certeza en el ámbito jurídico a los documentos expedidos por la referida Dirección General Financiera y con ello, disminuir las solicitudes de pronunciamientos hacia la Dirección de Asuntos Jurídicos, debido a la carga laboral que posee.
Por lo que, no habiendo objeción por parte de algún miembro del Consejo Superior Universitario, se procede con la votación respectiva y, en virtud del resultado de la misma, se aprueban las solicitudes externadas: a) Se aprueba lo solicitado por el Secretario General de la Universidad de San Carlos de Guatemala respecto a la presente agenda. b) Se establece que, partir de la presente fecha, todos los documentos que sean elaborados por la Dirección General Financiera, -suscritos por los Asistentes Ejecutivos, Profesionales en el ámbito financiero y, por el Director General Financiero- también deben ser avalados y suscritos por el Asistente Ejecutivo en Asuntos Jurídicos y Administrativos o por el Asistente Ejecutivo en Asuntos Administrativos y Jurídicos, debiendo colocar, en el pronunciamiento, el nombre completo del profesional, su firma y el nombre de la plaza que ocupa, tal como se describe en su contrato correspondiente.
Nota: transcripción inmediata.
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar | 28 |
| 2 | No aprobar | 3 |
| 3 | Abstenciones | 3 |
| Total | 34 |
quórum: 34 miembros del Consejo Superior Universitario
Se hace constar que el siguiente consejero razona su voto, el cual copiado literal dice:
"El voto es no aprobar ya que siempre que solicito que convoquen al Lic. Marco Vinicio de la Rosa Montepeque, representante docente de la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia ante el CSU. siempre el pretexto de desconocimiento de la documentación por lo que se los envió por este medio y quede en el acta de la presente sesión".
Sin documentos por conocer.
El Consejo Superior Universitario procede a conocer el OFICIO DGF No. 856D-2024 de fecha 10 de julio de 2024, suscrito por el Director General Financiero, referente al informe sobre la situación presupuestaria y financiera de la Universidad de San Carlos de Guatemala, al 30 de junio de 2024. Al respecto, la Dirección General Financiera presenta el oficio siguiente:
"Universidad de San Carlos de Guatemala
Informe Presupuestario y Financiero
▬ Junio 2024 ▬El Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, se sustenta principalmente por los aportes que traslada el Gobierno Central de Guatemala de conformidad con la aprobación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado; y según lo establecido en el Acuerdo Gubernativo Número 1-2024, del Ministerio de Finanzas Públicas, el cual establece que tendrá vigencia para el Ejercicio Fiscal 2024, el presupuesto del Ejercicio Fiscal anterior (2023), siendo este, el aprobado en el Decreto No. 54-2022, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, más las ampliaciones o disminuciones que hayan sido autorizadas mediante Decretos emitidos aprobados por el Organismo Legislativo.
En virtud de lo anterior, los Aportes asignados a la Universidad, se integran de la forma siguiente:
En ese sentido, al cierre del mes de junio de 2024, el Aporte Total recibido por la Universidad de San Carlos de Guatemala de acuerdo con el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF), asciende a Q.955.0 millones (36.9%), que corresponde a Q.895.0 millones (41.5%) por concepto de Aporte Constitucional y Q.60.0 millones (14.0%) por Aporte Extraordinario.
Es importante resaltar -como se ha indicado en ocasiones anteriores-, que el aporte Constitucional constituye la principal fuente de financiamiento del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, razón por la cual es necesario que dicho aporte se incremente en proporción al aumento en la recaudación tributaria, el cual, al cierre del mes de junio 2024, de acuerdo con cifras de la Administración Tributaria, asciende a Q.49,590.1 millones, monto (acumulado) que supera la meta de recaudación en Q.7,596.65 millones.
De esta forma, en la siguiente Gráfica, al realizarse un comparativo entre lo recibido por la Universidad y los Ingresos Tributarios recaudados por la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), se observa la variación objeto de análisis:
Como se observa en la Gráfica anterior, se evidencia que el total acumulado de recaudación tributaria supera la meta establecida por la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT); sin embargo, esta variación no se traduce en términos reales y significativos para la Universidad, debido a que el Aporte Constitucional destinado a esta Casa de Estudios Superiores, no experimenta el crecimiento proporcional con relación al aumento en la recaudación tributaria antes descrito. Asimismo, es de resaltar que la recaudación tributaria constituye el elemento clave para las estimaciones primarias de ingresos en la estructura del Presupuesto del Estado y, por ende, la base principal para el cálculo y la distribución analítica de los Egresos del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para cada Ejercicio Fiscal.
En cumplimiento a las Normas Universitarias, en el Punto CUARTO, Inciso 4.3 del Acta No. 21-2023, de fecha 29 de noviembre de 2023 y la modificación al Presupuesto, contenida en el Punto PRIMERO, del Acta No. 01-2024, de fecha 10 de enero de 2024, ambas del Consejo Superior Universitario, se aprobó el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Universidad de San Carlos de Guatemala para el Ejercicio Fiscal 2024, por un monto de Q.2,976,742,187 (Régimen Ordinario Q.2,653,502,920.00 y Régimen Especial Q.323,239,267.00).
En virtud de lo anterior, de acuerdo con el Departamento de Contabilidad (Oficio REF.D.CONTA.06712024), los ingresos recibidos por la Universidad de San Carlos de Guatemala, a junio de 2024, ascienden a Q.1,131,443,422.82 (34.33%), integrado por: i). Ingresos Ordinarios de la Universidad Q.1,017,015,061.96 (Aporte Constitucional Q.895,000,000.00; Aporte Extraordinario Q.60,000,000.00 e Ingresos Propios Q.62,015,061.96); e, ii). Ingresos Específicos Q.114,428,360.86.
De lo anterior, los Ingresos Propios se integra de la forma siguiente:
De acuerdo con el Cuadro anterior, el rubro Otros - Ingresos Propios, por un monto de Q.2,503,291.92, se integra de la forma siguiente:
Por otro lado, los Ingresos Específicos, se integra de la forma siguiente:
De acuerdo con el Cuadro anterior, el rubro Otros - Ingresos Específicos, que asciende a Q.11,558,040.91, se integra de la forma siguiente:
Por otro lado, de acuerdo con los registros del Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF), asimismo, con información del Departamento de Contabilidad y Departamento de Presupuesto de la Universidad, se establece que el Presupuesto de Egresos ejecutado al 30 de junio de 2024, asciende a Q.1,006,291,507.5 (30.54%), integrado de la forma siguiente:
Asimismo, se presenta el detalle de la ejecución por grupo de gasto del presupuesto total de la Universidad.
Se hace la observación que las cifras expresadas pueden presentar variaciones debido a los registros y operaciones que las distintas Unidades Ejecutoras podrían realizar posteriormente en el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF).
Por otro lado, se informa que, en Oficio DGF No. 678P-2024, de la Dirección General Financiera, de fecha 03 de junio 2024, se incluye la aprobación para trasladar la asignación adicional de recursos presupuestarios y financieros para el primer semestre 2024, con base en lo requerido por las distintas Unidades Ejecutoras de la Universidad, por un monto de Q.14,923,050.99.
El 10 de junio 2024, en Referencia D.C.C. 618-2024, del Departamento de Caja, se solicita a la Dirección Financiera del Ministerio de Finanzas Públicas, el traslado de Q.10,000,000.00 que corresponden al Programa del Ejercicio Profesional Supervisado Multidisciplinario aprobados en el Decreto No. 54-2022 del Congreso de las República de Guatemala, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, vigente para el Ejercicio Fiscal 2024. Este monto no ha sido recibido por la Universidad de San Carlos de Guatemala.
Asimismo, se informa que, con base en los montos aprobados en el Decreto No. 54-2022 del Congreso de las República de Guatemala, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, vigente para el Ejercicio Fiscal 2024, de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo Gubernativo Número 1-2024, del Ministerio de Finanzas Públicas; la Dirección General Financiera en Oficio DGF No. 749D-2024, de fecha 11 de junio 2024, sobre las cuotas financieras aprobadas por el Ministerio de Finanzas Públicas, Ejercicio Fiscal 2024, y lo solicitado y recibido por la Universidad de San Carlos de Guatemala, estableció una diferencia por un monto de: Ciento Ochenta y Un Mil Millones Sesenta y Seis Mil Doscientos Sesenta y Tres Quetzales Exactos (Q.181,066,263), por lo que se solicitó al Ministerio de Finanzas Públicas el traslado de estos recursos pendientes para la Universidad.
También en Oficio DGF No. 793D-2024, de la Dirección General Financiera, de fecha 20 de junio 2024, en seguimiento al Oficio DGF No. 231D-2024, de fecha 20 de febrero 2024, también de esta Dirección General, solicita al Ministerio de Finanzas Públicas el traslado de Q.115,515,118.17 (fuera del Techo Presupuestario), los cuales serán destinados prioritariamente para atender compromisos de pago de nómina y prestaciones laborales del Ejercicio Fiscal 2024.
El 28 de junio 2024, en Oficio DGF No. 831D-2024, la Dirección General Financiera informa al Consejo Superior Universitario que, sobre los montos de presupuesto aprobados para la Universidad, contenidos en el Decreto No. 54-2022 del Congreso de la República de Guatemala, no se han obtenido los recursos del Programa Específico (EPSUM), por un monto de Q.10 millones; asimismo, no se han recibido en la Universidad Q.181,066,263 en concepto de aporte extraordinario para el Desarrollo de Capacidades Institucionales Educativas (Q.400 millones), según programación de cuotas financieras requeridas al Ministerio de Finanzas Públicas; y finalmente Q.115,517,118.17 que corresponden a solicitud de asignación adicional (fuera del Techo Presupuestario) requerido por las distintas Unidades Ejecutoras. Finalmente se informa que esta Dirección General, de acuerdo con su planificación mensual, el 27 de junio de 2024 realizó de forma virtual la Conferencia: Registros contables y Estados Financieros con el apoyo del Departamento de Contabilidad; en dicha actividad participaron más de 170 personas, entre ellas Autoridades Universitarias, Secretarios Adjuntos y Administrativos, tesoreros y personal administrativo de las distintas Unidades Ejecutoras.
Es importante indicar que, cualquier inquietud o ampliación de información, la Dirección General Financiera está en la mejor disposición de brindar la información que sea necesaria.
Sin otro particular, me suscribo, atentamente,
"ID Y ENSEÑAD A TODOS"
Al respecto, algunos miembros del Consejo Superior Universitario, solicitan al Director General Financiero, realizar algunas aclaraciones sobre las siguientes observaciones realizadas:
Sr. Oscar Eduardo García Orantes, Representante estudiantil de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales ante este máximo órgano de dirección, expresa que, existe una incongruencia en la numeración del OFICIO DGF No. 856D-2024 de fecha 10 de julio, el cual, cuenta con un total de 14 páginas, toda vez que, en la segunda página se describe como OFICIO DGF No. 734D-2024 página 2 de 12. Ante lo cual, consulta si el contenido de la página segunda corresponde al OFICIO DGF No. 856D2024 de fecha 10 de julio, el cual se encuentra en la presente agenda o el referido contenido corresponde al OFICIO DGF No. 734D-2024.
Arq. Sergio Francisco Castillo Bonini, Decano en Funciones de la Facultad de Arquitectura, agradece al Director General Financiero por el informe presentado y externa las siguientes inquietudes: a) A qué se refieren los rubros identificados como "Impuestos profesionales" y "Colegios" en el Cuadro 2 denominado Ingresos Propios, del referido oficio; y, b) significado del rubro identificado como "Ministerio de Educación Pública", del mismo cuadro.
Dr. Herbert Estuardo Díaz Tobar, Representante Docente de la Facultad de Ciencias Médicas ante este máximo órgano de dirección, solicita aclaración respecto a las cuentas a las que pertenece el rubro identificado como "Intereses depósitos monetarios", rubro que se encuentra ubicado en el cuadro 3.1 denominado "Otros – Ingresos Específicos", así como, solicita que se indique el desglose de las referidas cuentas, si están a plazo fijo o "mensual".
M.A. Pedro Peláez Reyes, Representante Docente de la Facultad de Agronomía, consulta a qué corresponde el rubro identificado como "Plan de Prestaciones USAC", el cual, tiene asignado un monto de "308,202.75" que representa un porcentaje de "12.3%", ubicado en el Cuadro 2.1, denominado "Otros - Ingresos Propios".
Abogado Luis Fernando Cordón Lucero, Representante Docente de la Facultad de Humanidades, indica que, en el Cuadro 3.1 denominado "Otros - Ingresos Específicos", específicamente en la última línea, se ubica el rubro identificado como "Matrícula Escuela de Vacaciones -cursos de idiomas-*", el cual se identifica con un saldo negativo de "-1,750.00" y un porcentaje de "-0.02". Agrega que, abajo del cuadro, de manera literal se colocó: "Fuente: Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) y Departamento de Contabilidad. *Saldo pendiente de rectificación contable por reintegro". Por lo que, el referido consejero, consulta, si el Contador General realizó la regulación del referido saldo negativo, pues considera y propone que, debe plasmarse al final del informe presentado por el Director General Financiero, la póliza de diario con la que se regularizó este saldo, en aras de evitar cualquier tipo de señalamiento, en virtud que, las actas expedidas de las sesiones que desarrolla el Consejo Superior Universitario son de carácter público.
Dr. Abraham González Lemus, Director General Financiero, procede a responder a las solicitudes planteadas por algunos miembros de este Consejo Superior Universitario de la siguiente manera:
Expresa que, es de su agrado recibir y responder a las observaciones realizadas al OFICIO DGF No. 856D-2024 de fecha 10 de julio de 2024, pues es el reflejo de la lectura y análisis de los diferentes informes mensuales, presupuestarios y financieros de la Universidad de San Carlos de Guatemala, que se han presentado ante el Consejo Superior Universitario, ya que, la finalidad de estos, es contar con información objetiva y concreta con relación a la situación presupuestaria y financiera de esta Casa de Estudios Superiores.
Respecto a la observación realizada por el Sr. García Orantes, expresa que, la segunda página, ciertamente no corresponde al correlativo del informe presentado, siendo lo correcto: OFICIO DGF No. 856D-2024, Página 2 de 14, tal como corresponde a la secuencia posterior -de la página 3 a la 14-.
Respecto a la observación realizada por el Arq. Castillo Bonini, indica que, los rubros identificados como "Impuestos profesionales" y "Colegios" en el Cuadro 2 denominado "Ingresos Propios", obedecen al mismo tipo de ingreso. Expresa que, en anteriores ocasiones ha dado a conocer que, la información que genera el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF), es producto del registro que realizan las propias Unidades Ejecutoras de la Universidad de San Carlos de Guatemala y en el presente caso, corresponden al mismo tipo de ingreso, el cual, es clasificado como "Ingreso Propio", tanto los impuestos profesionales, como los correspondientes a Colegios. Es decir, -expresa- que corresponde al aporte que realizan los 14 Colegios Profesionales con relación al tributo establecido en la Ley de Colegiación Profesional Obligatoria. Referente al rubro identificado como "Ministerio de Educación Pública", indica que, es la descripción con la cual, aparece registrado el referido rubro dentro de las operaciones que realizan las Unidades Ejecutoras de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Continúa indicando que, son los aportes que realiza el Ministerio de Educación (MINEDUC), con relación a aportes que corresponden a ciertas Unidades Académicas en diversos programas.
Respecto a la consulta realizada por el M.A. Peláez Reyes, expresa que, la cantidad expresada como: "308,202.75" descrita como "Plan de Prestaciones USAC", corresponde a reintegros que se realizan directamente con las operaciones del Plan de Prestaciones del Personal de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Indica que, lo anterior también se ha establecido en informes presentados con anterioridad, en los cuales, ha dado a conocer que, se refiere a reintegros por situaciones suscitadas por los traslados respectivos a "Ingresos Propios" de la Universidad de San Carlos de Guatemala, los cuales, conforme se revisan por parte del Departamento de Contabilidad, se depuran y se regularizan.
Respecto a la observación realizada por el Abogado Cordón Lucero, que se refiere al cuadro 3.1, el rubro identificado como "Otros - Ingresos Específicos" "Matrícula Escuela de Vacaciones -cursos de idiomas" que aparece con saldo negativo -1,750.00, indica que, dentro del informe presentado por su persona, específicamente en la página número 12, párrafo primero, se realiza la aclaración que, las cifras expresadas pueden presentar variaciones debido a los registros de las operaciones que realizan las distintas Unidades Ejecutoras de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Resalta que, atendiendo a las fechas en las cuales se trasladan para conocimiento del Consejo Superior Universitario, los informes mensuales presupuestarios y financieros de la Universidad de San Carlos de Guatemala, -durante los primeros diez días posteriores al mes calendario- aún se encuentran pendientes de ser confirmados los valores que estos proyectan, en la realización del cierre contable mensual por parte del Departamento de Contabilidad de la Dirección General Financiera, el cual, generalmente requiere de 1 a 1.5 meses para poder establecerse. Continúa indicando que, derivado de lo anterior, se tendría un atraso aproximado de 2 meses para poder contar con el cierre contable y consecuentemente, contar con los valores definitivos correspondientes. También indica que, realizó la observación al momento de elaborar el presente informe presupuestario y financiero de la Universidad de San Carlos de Guatemala, derivado que, es la primera vez que se consigna un número negativo dentro de los informes que se presentan al Consejo Superior Universitario, sin embargo, considera necesario expresarlo y describirlo dentro del informe, dado que, de no ser así, no cuadraría con la información global de lo que ostentan los rubros mayores, en el presente caso, en función a los Ingresos Propios. También indica que, seguramente el referido valor, será regularizado por el Departamento de Contabilidad posteriormente, ya que, es de suma importancia la fecha de elaboración del informe presentado -10 de julio de 2024-, en virtud que, cualquier otro valor dentro de la composición de los cuadros que conlleva, puede presentar alguna variación tanto por el presupuesto de ingresos como por el presupuesto de egresos.
Al respecto, toma la palabra el Abogado Cordón Lucero, e indica que, derivado de lo anterior, considera importante que, el informe financiero y presupuestario ante este Consejo Superior Universitario, sea presentado al finalizar el cierre contable, para que, los datos sean exactos, con la finalidad que, el informe no presente variaciones y para el efecto, se pueden fijar plazos al Contador General de esta Universidad para agilizar el cierre respectivo. -En virtud de lo anterior, expone el Director General Financiero que, desde el momento que asumió la Dirección General Financiera, se han reducido los tiempos de manera positiva, pues anteriormente para generar el informe presupuestario y financiero de la Universidad de San Carlos de Guatemala, -el cual indica, no es parcial sino preliminar- los sistemas, derivado de los registros que realizan las distintas Unidades Ejecutoras de la Universidad de San Carlos de Guatemala, de los cuales se materializa el registro en el momento en el que el Departamento de Contabilidad tiene acceso a los documentos originales, dentro de la estructura global del Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF), ha representado una desventaja -en términos muy generales- para la Universidad de San Carlos de Guatemala; a diferencia de lo que se lograba con otros Sistemas Integrados de Contabilidad, los cuales operaban en el año 2020 y 2021, en los cuales era posible generar, el día posterior, un reporte contable o financiero de acuerdo a lo que las Unidades Ejecutoras habían realizado. Continúa indicando que, en determinado momento se planteó reestablecer la opción indicada, sin embargo, esto conlleva la modificación de varias Normas internas de la Universidad de San Carlos de Guatemala, considerando que se conceden días posteriores para que las Unidades Ejecutoras puedan realizar ejecuciones de gasto, lo cual retrasa generar de manera "oportuna y eficiente" la información financiera; incluso las mismas Unidades Ejecutoras podrían resguardar los documentos originales de cada una de sus operaciones, atendiendo a la responsabilidad que podrían adquirir al trasladar los documentos -expedientes-, al Departamento de Contabilidad de manera electrónica, lo cual facilitaría al referido Departamento, para poder verificar de manera digital la documentación y con ello avalar el registro contable realizado por la Unidad Ejecutora correspondiente.
Respecto a la pregunta realizada por el Dr. Díaz Tobar, manifiesta el Director General Financiero que, ese rubro corresponde a los intereses generados por las cuentas de la Administración Central, que en el caso de la Universidad de San Carlos de Guatemala, se resguardan en tres entidades bancarias: Banco de Desarrollo Rural S.A.; Banco de los Trabajadores S.A.; y, Banco G&T Continental S.A. Además, indica que, se incluyen los intereses obtenidos por medio de certificados a plazo fijo.
En virtud de lo anterior, el Consejo Superior Universitario ACUERDA:
No dar por recibido el OFICIO DGF No. 856D-2024 de fecha 10 de julio de 2024, suscrito por el Director General Financiero de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en virtud de las observaciones realizadas por algunos miembros de este Consejo Superior Universitario; debiendo presentarlo en la próxima sesión ordinaria con los cambios sugeridos, y que en el mismo, y en los subsiguientes informes, se indique literalmente que corresponde a un informe PRELIMINAR presupuestario y financiero de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
Se instruye al Contador General de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para que, en la próxima sesión ordinaria, presente ante este Consejo Superior Universitario un informe relativo a los cierres contables (mensuales) de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
Se establece que, a partir de la siguiente sesión ordinaria del Consejo Superior Universitario, el Contador General de la Universidad de San Carlos de Guatemala, se incorpora a la presentación de informes mensuales administrativos en el ámbito de su competencia -cierres contables- de esta Casa de Estudios Superiores, ante este Órgano de Dirección Superior. Lo anterior, con fundamento en el Artículo 11, literal t) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma). - Nota: transcripción inmediata.
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar | 30 |
| 2 | No aprobar | 0 |
| 3 | Abstenciones | 2 |
| Total | 32 |
quórum: 32 miembros del Consejo Superior Universitario
El presente punto se retira de agenda con la venia de los integrantes de este Consejo Superior Universitario, en virtud que, los oficios relacionados, OFICIO DGF No. 908P2024 de fecha 12 de julio de 2024 suscrito por el Director General Financiero y oficio identificado como Ref. D.P. OF 532-2024 de fecha 10 de julio de 2024, suscrito por el Jefe del Departamento de Presupuesto, referentes al traslado de las Estimaciones Primarias del Presupuesto General de Ingresos y Gastos de la Universidad de San Carlos de Guatemala para el Ejercicio Fiscal 2025, para conocimiento y aprobación de este máximo órgano de dirección superior, incumplen con la Norma 5.1 de las Normas que regulan la Elaboración y Ejecución del Presupuesto de la Universidad de San Carlos de Guatemala, aprobadas por este Consejo Superior Universitario, en el Punto CUARTO, inciso 4.1 del Acta No. 06-2023 de fecha 29 de marzo de 2023, la cual indica en su literalidad: "La Dirección General Financiera, por intermedio del Rector, presentará al Consejo Superior Universitario, un proyecto de política presupuestaria y las estimaciones primarias del Presupuesto General de la Universidad, a más tardar en la primera sesión ordinaria del mes de agosto de cada año. Dicho Organismo fijará la política presupuestaria durante el mismo mes de agosto.", en virtud de lo anterior, se establece que, dichas Estimaciones Primarias, no se presentaron por intermedio del Rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala, por lo que, se retira de la presente agenda.
El Consejo Superior Universitario procede a conocer el oficio identificado como REF. FO.TESO.49-2024 de la Facultad de Odontología; OFICIO DGF No. 934A-2024 de fecha 17 de julio de 2024, y OFICIO DGF No. 1007A-2024 de fecha 29 de julio de 2024, ambos suscritos por el Director General Financiero, referente a la solicitud realizada por la Facultad de Odontología, para el pago y liquidación de los servicios prestados por la Empresa "Representaciones ROFEC, S.A." en el mes de noviembre del año 2023 (Radiografías Panorámicas/ Cefalométricas y Tomografías), según adenda al Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Universidad de San Carlos de Guatemala, a través de la Facultad de Odontología y Representaciones ROFEC, S.A. Guatemala, a través del Centro Radiológico. -Pago con cargo al Ejercicio Fiscal 2024-. Al respecto, la Facultad de Odontología presenta el siguiente oficio:
"Guatemala, 18 de junio de 2024
REF. FO.TESO.49-2024Miembros
Consejo Superior Universitario
Universidad de San Carlos de Guatemala
Campus CentralHonorables Miembros:
Deseándoles éxitos en sus labores diarias, por este medio se solicita la autorización del pago, por concepto de "Gastos de años Anteriores", a la empresa Representaciones ROFEC, S.A., por un monto de Q18,427.50 (Dieciocho mil cuatrocientos veintisiete con 50/100), que corresponde al 70% de Q.26,325.00 de ingresos obtenidos por los servicios prestados por dicha empresa en el mes de Noviembre del año 2023, según convenio de Cooperación Interinstitucional entre esa empresa y la Facultad de Odontología.
Esto se solicita con base a la autorización emanada de ese cuerpo colegiado en el Punto 4, Autorizaciones Financieras, Acta No. 7-2024 del 20 de marzo del 2024, en la cual se aprobó el Informe de la Ejecución Presupuestaria del Ejercicio Fiscal 2023.
Este pago no se efectúo en el al 2023, debido a las fechas establecidas en las normas de cierre, las cuales no permitían el trámite de cheque y posterior liquidación del mismo.
Para realizar el presente pago, la disponibilidad se tomará de las economías de años anteriores en la partida 4.5.10.2.02.437, en la cual existe disponibilidad presupuestal. Se adjunta detalle de Informe de Ingresos de noviembre 2023.
Se adjunta la documentación de respaldo.
"ID Y ENSEÑAD A TODOS"
Lic. Ciro Enrique Cardenas Bautista
Tesorero IIIDr. Kenneth Roderico Pineda Palacios
Decano"
Asimismo, se presenta el OFICIO DGF No. 934A-2024, de fecha 17 de julio de 2024 y OFICIO DGF No. 1007A-2024, de fecha 29 de julio de 2024, ambos suscritos por la Dirección General Financiera, los cuales literalmente dicen:
"OFICIO DGF No. 934A-2024
Guatemala, 17 de Julio de 2024Licenciado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de GuatemalaSeñor Secretario General:
En atención a Providencia SG No. 423-06-2024, de Secretaría General, de fecha 28 de Junio 2024, recibida en la Dirección General Financiera en la misma fecha, a la que adjunta el Oficio REF. FO.TESO.49-2024, de la Facultad de Odontología, de fecha 18 de Junio 2024, con el Visto Bueno del Decano, en la que se solicita al Honorable Consejo Superior Universitario autorización para el Pago y Liquidación de la suma de DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE QUETZALES CON CINCUENTA CENTAVOS (Q. 18,427.50), que corresponde al 70% de VEINTISEIS MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO QUETZALES EXACTOS (Q.26,325.00) de ingresos obtenidos por los servicios prestados por la Empresa Representaciones ROFEC, S.A. en el mes de Noviembre 2023 (Radiografías Panorámicas/Cefalométricas y Tomografías), según Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la referida Empresa y la Facultad de Odontología. Al respecto se manifiesta lo siguiente:
CONSIDERACIONES
Mediante Providencia DGF No. 355A-2024 de la Dirección General Financiera, de fecha 28 de Junio 2024, se solicitó opinión al Departamento de Presupuesto e informar Disponibilidad Presupuestaria para la cobertura de la referida erogación.
El Departamento de Presupuesto con Ref. D.P. OF 514-2024, recibida en la Dirección General Financiera en fecha 09 de Julio de 2024, se informa que con base a su competencia técnica, la Disponibilidad Presupuestaria al 05 de Julio 2024 en la partida 4.5.10.2.02.437 "Transferencias a empresas privadas" asciende a CIENTO CINCUENTA MILLONES (Q.150,000,000.00) por lo que opina que a la presente fecha existe disponibilidad presupuestaria para atender el compromiso de Pago y Liquidación de la suma de DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE QUETZALES CON CINCUENTA CENTAVOS (Q.18,427.50).
La Norma 9.2 de las Normas que Regulan la Elaboración y Ejecución del Presupuesto de la Universidad de San Carlos de Guatemala, entre otros aspectos indica: "...los Gastos no liquidados se aplicaran al Ejercicio siguiente."
La Norma 8.2 de las Normas indicadas en el numeral 3) anterior establece: "La responsabilidad de la ejecución es competencia de cada Unidad Ejecutora...quien debe efectuar un seguimiento de dicha ejecución..."
El numeral 2.2.5 de las "INSTRUCCIONES COMPLEMENTARIAS PARA LA MODIFICACION Y EJECUCION DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUA TEMALA" establece: "Los pagos de gastos devengados y no pagados en años anteriores se calificarán en el renglón de gasto que le corresponda, afectando el presupuesto del ejercicio vigente de cada unidad, previa autorización del Consejo Superior Universitario."
El Segundo párrafo del Artículo 37 de la Ley Orgánica de Presupuesto, Decreto Número 101-97 indica: "Los gastos devengados y no pagados al treinta y uno de diciembre de cada año se cancelarán durante el año siguiente, con cargo a las disponibilidades de fondos existentes a esa fecha de cada unidad ejecutora".
La Literal t) del Artículo 11 del Estatuto de la de la Universidad de San Carlos de Guatemala, como atribuciones del Consejo Superior Universitario establece: "Todas aquellas atribuciones que no están encomendadas a otras autoridades por la ley Orgánica de la Universidad, o el presente Estatuto que no hayan sido aquí previstas"
OPINION
Con base en las Consideraciones citadas, el Oficio Ref. D.P. OF 514-2024 del Departamento de Presupuesto y desde el punto de vista eminentemente de disponibilidad presupuestaria, la Dirección General Financiera, OPINA que el Consejo Superior Universitario, pueda avalar el trámite administrativo para el Pago y Liquidación; ante las instancias correspondientes, para el pago y liquidación de la suma de DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE QUETZALES CON CINCUENTA CENTAVOS (Q.18,427.50), que corresponde al 70% de VEINTISEIS MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO QUETZALES EXACTOS (Q.26,325.00) de ingresos obtenidos por los servicios prestados por la Empresa Representaciones ROFEC, SA. en el mes de Noviembre 2023 (Radiografías Panorámicas/Cefalométricas y Tomografías), según Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la referida Empresa y la Facultad de Odontología, con cargo al Ejercicio Fiscal 2024. El proceso de Pago y Liquidación de la referida erogación; estará bajo la responsabilidad de Tesorería y Autoridades administrativas de la Facultad de Odontología y deberá ser calificado, analizado y revisado por Auditoría Interna de conformidad con el Artículo 131 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
Sin otro particular, nos suscribimos, atentamente,
"ID Y ENSEÑAD A TODOS"
"OFICIO DGF No. 1007A-2024
Guatemala, 29 de Julio de 2024Licenciado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de GuatemalaSeñor Secretario General:
En atención al Oficio Ref. SG-821-07-2024, de Secretaría General, de fecha 29 de Julio 2024, recibido en la Dirección General Financiera en la misma fecha, con relación a lo indicado en el numeral 2) de las Consideraciones del Oficio DGF No. 934A-2024, referente al pago y liquidación de la suma de DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE QUETZALES CON CINCUENTA CENTAVOS (Q.18,427.50) que corresponde al 70% de VEINTISÉIS MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO QUETZALES EXACTOS (Q.26,325.00) de ingresos obtenidos por los servicios prestados por la Empresa Representaciones ROFEC, S.A. en el mes de Noviembre 2023 (Radiografías Panorámicas/Cefalométricas y Tomografías), según Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la referida Empresa y la Facultad de Odontología. Al respecto se manifiesta lo siguiente:
En el numeral 02) del Oficio DGF No. 934A-2024 de fecha 17 de Julio 2024, de manera involuntaria se indica Disponibilidad Presupuestaria al 09 de julio 2024 de CIENTO CINCUENTA MILLONES DE QUETZALES EXACTOS (Q.150,000,000.00), siendo lo correcto CIENTO CINCUENTA MIL QUETZALES EXACTOS (Q150,000.00), congruente con el Oficio Ref. D.P. OF 514-2024 del Departamento de Presupuesto.
Excepto por lo indicado en el párrafo anterior, los demás aspectos contenidos en el Oficio DGF No. 934A2024 de fecha 17 de Julio 2024, permanecen invariables.
Sin otro particular, nos suscribimos, atentamente,
"ID Y ENSEÑAD A TODOS"
El Consejo Superior Universitario, con fundamento en el Artículo 37 de la Ley Orgánica del Presupuesto; Artículo 11, literal t) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma); Normas 9.2 y 8.2, numeral 3) de las Normas que Regulan la Elaboración y Ejecución del Presupuesto de la Universidad de San Carlos de Guatemala; Numeral 2.2.5 de las Instrucciones Complementarias para la Modificación y Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, y de conformidad con el pronunciamiento del Departamento de Presupuesto, contenido en el oficio identificado como Ref. D.P OF 514-2024 de fecha 08 de julio de 2024, ACUERDA:
Avalar el trámite administrativo ante las instancias correspondientes, para el pago y liquidación de la suma de dieciocho mil cuatrocientos veintisiete quetzales con cincuenta centavos (Q.18,427.50), por los servicios prestados por la Empresa Representaciones ROFEC, S.A. en el mes de noviembre de 2023 (Radiografías Panorámicas/Cefalométricas y Tomografías), según Adenda al Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Universidad de San Carlos de Guatemala, a través de la Facultad de Odontología y Representaciones ROFEC, S.A., Guatemala, a través del Centro Radiológico, con cargo al ejercicio fiscal 2024.
El proceso de pago y liquidación de la referida erogación, estará bajo la responsabilidad de la Tesorería y autoridades administrativas de la Facultad de Odontología de la Universidad de San Carlos de Guatemala y deberá ser calificado, analizado y revisado por Auditoría Interna de esta Casa de Estudios Superiores, de conformidad con el Artículo 131 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma).
Nota: transcripción inmediata.
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar | 25 |
| 2 | No aprobar | 1 |
| 3 | Abstenciones | 3 |
| Total | 29 |
quórum: 29 miembros del Consejo Superior Universitario
Al respecto, no se presenta objeción por parte de los miembros del referido Consejo Superior, por lo que, se da por aprobada la propuesta mencionada.
El Consejo Superior Universitario procede a conocer el oficio identificado como Oficio DIRCP/ACSU/005-2024 de fecha 06 de junio de 2024 del Centro Universitario de El Progreso, Ref. D.P. OF 524-2024 de fecha 09 de julio de 2024, suscrito por el Jefe del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera y REFERENCIA DAJ No. 1283-2024 de fecha 23 de julio de 2024, suscrita por la Directora de Asuntos Jurídicos, referentes a la solicitud de dispensa presentada por la Secretaría del Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso, para autorizar el nombramiento de Coordinadores de carrera, Coordinación de Extensión Universitaria, Coordinación del Instituto de Investigaciones y Directora del Departamento de Postgrado, para el período comprendido del 01 de julio al 31 de diciembre de 2024; en atención a lo acordado en el Punto TERCERO, inciso 3.7 del Acta No. 11-2024 de sesión ordinaria de fecha 26 de abril de 2024 y su modificación contenida en el Punto TERCERO, incisos 3.3 y 3.4 del Acta No. 17-2024 de sesión ordinaria celebrada el 04 de julio de 2024, así como, lo acordado en el Punto TERCERO, inciso 3.5 del Acta No. 10-2024 de sesión extraordinaria de fecha 19 de abril de 2024 -todas celebradas por el Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso de la Universidad de San Carlos de Guatemala-. Al respecto, el Centro Universitario de El Progreso presenta el siguiente oficio:
"Guastatoya, El Progreso 06 de junio de 2024
Honorable Miembros
Consejo Superior Universitario
Universidad de San Carlos de GuatemalaEstimado profesionales:
Reciban un efectuoso saludo de la Dirección del Centro Universitario de El Progreso, deseándoles éxitos en sus labores.
Por este medio según OFICIO 188-2024 S.C.D de fecha 02 de mayo de 2024 transcripción del PUNTO TERCERO Inciso 3.7 del acta 11-2024 de sesión Ordinaria celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso, el veintiséis de abril de dos mil veinticuatro, en el que se avala oficio presentado por el Ingeniero Julio César Martínez Fuentes Director del Centro Universitario de El Progreso, solicitando dispensa para contratación de Profesores Interinos para la Coordinación de carreras, Coordinación de Extensión Universitaria, Coordinación del Instituto de Investigaciones y Directora del Departamento de Postgrado del Centro Universitario de El Progreso, en virtud que este Centro Universitario no cuenta con Profesores Titulares III según lo establecido en el artículo 27, 28 y 29 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala y según lo establecido en el Artículo 12 del Normativo del Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario de El Progreso menciona lo siguiente: Para ser director del departamento de Estudios de Postgrado, es necesario cumplir con lo estipulado en el artículo 65 del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado; a. Ser graduado o incorporado a la Universidad de San Carlos de Guatemala. b. Poseer el grado académico de Doctor(a) o Maestro(a) en Ciencias. c. Acreditar el grado académico de Doctor o Maestro en Ciencias reconocido por la Universidad de San Carlos de Guatemala. d. Ser profesor titular y en servicio activo en el Centro. En el caso de que no haya profesores titulares con el grado académico necesario, el cargo podrá ser ocupado por un Profesor Interino, a propuesta del Director, previa autorización de dispensa por parte del Consejo Superior Universitario. Para tal efecto; siendo los profesores interinos a contratar del 01 de julio de 2024 al 31 de diciembre de 2024, siendo los siguiente: Licenciado Ariel Alejandro Alvarado Ayala para la carrera de Licenciatura en Administración de Empresas, Ingeniero Agrónomo Rubén Estuardo Mérida Maldonado para la carrera de Ingeniería Agronómica en Sistemas de Producción Agrícolas, Licenciado Byron Paredes Mayén para la carrera de Profesorado en Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa y Licenciatura en Pedagogía y Administración Educativa, Licenciado Guillermo Enrique Muñoz para la carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales Abogacía y Notariado, Profesora Titular II Licenciada Claudia Patricia Morales Carías de Méndez para la carrera de Profesorado en Enseñanza Media en Matemática y Física, Licenciada Ana Emilse Rodas Morales de Rivas para el área de Extensión Universitaria, Ingeniero Agrónomo Luis Arturo Méndez para el Instituto de Investigaciones y Maestra Interina Ana Luisa García Castellanos como Directora del Departamento de Postgrado del Centro Universitario de El Progreso. Por lo tanto, considerando lo anteriormente relacionado me permito solicitar ante el Honorable Consejo Superior Universitario, la aprobación de la dispensa para la contratación de Profesores Interinos para la coordinación de carreras, coordinación de Extensión Universitaria, coordinación del Instituto de Investigaciones y Directora del Departamento de Postgrado del Centro Universitario de El Progreso correspondiente al segundo semestre del ciclo 2024.
Agradezco su atención, sin más que agregar me suscribo, atentamente.
"Id y Enseñad a Todos"
Ing. Agr. Julio César Martínez Fuentes
Director
Centro Universitario de El Progreso"
Asimismo, se presenta el oficio identificado como Ref. D.P. OF 524-2024 de fecha 09 de julio de 2024, suscrito por el Jefe del Departamento de Presupuesto, de la Dirección General Financiera, el cual literalmente dice:
"09 de julio del 2024
Licenciado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de GuatemalaLicenciado Cordón.
En atención a REF. SG-705-07-2024 de fecha 05 de julio de 2024 en la que solicita la corrección del oficio identificado como Ref. D.P. OF-462-2024 de fecha 14 de junio de 2024 se informa que se realizaron las correcciones solicitadas.
Atentamente me dirijo a usted, en atención a la Providencia SG No. 370-06-2024 en relación con Oficio DIRCP/ACSU/005/2024 del 06 de junio de 2024, por solicitud de dispensa presentada al Consejo Superior Universitario, para el nombramiento de profesores interinos para la Coordinación de Carreras, Coordinación de Extensión Universitaria, Coordinador del Instituto de Investigaciones y Directora del Departamento de Postgrado para el segundo semestre del año 2024 del Centro Universitario del Progreso, en el período comprendido del 01 de julio al 31 de diciembre de 2024.
El Departamento de Presupuesto procedió exclusivamente en atención a la competencia técnica presupuestaria que le corresponde a revisar los controles en el Sistema Integrado de Información Financiera -SIIF- Nóminas y Sistema Oracle, por lo que informa la disponibilidad presupuestaria determinando lo siguiente:
Sin otro particular, suscribimos atentamente,
"ID Y ENSEÑAD A TODOS"
Derivado de Io anterior, se presenta Ia REFERENCIA DAJ No. 1283-2024 de fecha 23 de julio de 2024, suscrita por la Directora de Asuntos Jurídicos, la cual literalmente dice:
"Guatemala, 23 de julio de 2024.
Abogado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala
Su DespachoAbogado Cordón Lucero:
En atención al oficio identificado como REF. SG-724-07-2024 de fecha 10 de julio de 2024, relacionado con la Providencia DAJ No. 213-2024 del 26 de junio de 2024 emitida por esta Dirección, y que derivan de la Providencia SG No. 399-06-2024 de fecha 18 de junio de 2024, concerniente a la solicitud de dispensa presentada por la Secretaria del Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso, para autorizar nombramiento de Coordinación de Carreras, Coordinación de Extensión Universitaria, Coordinación del Instituto de Investigaciones y Directora de Postgrado, para el periodo comprendido del 1 de julio de 2024 al 31 de diciembre de 2024, según lo acordado en el Punto TERCERO, Inciso 3.7 del Acta No. 11-2024 de sesión ordinaria celebrada el veintiséis de abril de dos mil veinticuatro y su modificación contenida en Punto TERCERO, Inciso 3.4 del Acta No. 17-2024 de sesión ordinaria celebrada el cuatro de julio de dos mil veinticuatro, ambas celebradas por el Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso, así como lo acordado en el Punto TERCERO, Inciso 3.5 del Acta 10-2024 de sesión extraordinaria celebrada el diecinueve de abril de dos mil veinticuatro y su modificación contenida en Punto TERCERO, Inciso 3.3 del Acta 17-2024 de sesión ordinaria celebrada el cuatro de julio de dos mil veinticuatro, ambas celebradas por el Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso; la Dirección de Asuntos Jurídicos determina lo siguiente:
En oficio identificado como DIRCP/ACSU/005-2024 de fecha 06 de junio de 2024, el Director del Centro Universitario de El Progreso dirigido al Consejo Superior Universitario, solicita la aprobación de dispensa para la contratación de Profesores Interinos para la Coordinación de carreras, Coordinación de Extensión Universitaria, Coordinación del Instituto de Investigaciones y Directora del Departamento de Postgrado del Centro Universitario de El Progreso, correspondiente al segundo semestre del ciclo 2024, adjuntando para el efecto Oficio 1882024 S.C.D. de fecha 02 de mayo de 2024, que contiene la transcripción del Punto resolutivo y documentación respetiva.
En Oficio identificado como 188-2024 S.C.D. de fecha 02 de mayo de 2024, la Secretaria de Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso, de la Universidad de San Carlos de Guatemala, transcribe el Punto TERCERO, Inciso 3.7 del Acta No. 11-2024 de sesión ordinaria celebrada el veintiséis de abril de dos mil veinticuatro, por el Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso, que literalmente dice:
"3.7 Oficio DIRCP/ACD/029-2024 Presentado por Ing. Julio Cesar Martínez Fuentes Director del Centro Universitario de El Progreso, solicita lo siguiente: Por este medio, según PUNTO TERCERO Inciso 3.5 del Acta 10-2024 de Sesión Extraordinaria celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso, solicito ante el Honorable Consejo Directivo avalar la solicitud de dispensa para la contratación de Profesores Interinos para… (…)
El Consejo Directivo al respecto ACUERDA: Avalar la solicitud de dispensa para la contratación de Profesores Interinos para las Coordinaciones de Carreras, Coordinación de Extensión Universitaria, Coordinación del Instituto de Investigaciones y Directora del Departamento de Postgrado del Centro Universitario de El Progreso, correspondiente al segundo semestre 2024, en virtud que este Centro Universitario no cuenta con Profesores Titulares III, según lo establecido en el artículo 27, 28 y 29 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Asimismo, se hace mención que según lo establecido en el Artículo 12 del Normativo del Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario de El Progreso menciona lo siguiente: Para ser director del departamento de Estudios de Postgrado, es necesario cumplir con lo estipulado en el artículo 65 del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado; a. Ser graduado o incorporado a la Universidad de San Carlos de Guatemala. b. Poseer el grado académico de Doctor(a) o Maestro(a) en Ciencias. c. Acreditar el grado académico de Doctor o Maestro en Ciencias reconocido por la Universidad de San Carlos de Guatemala. d. Ser profesor titular y en servicio activo en el Centro. En el caso de que no haya profesores titulares con el grado académico necesario, el cargo podrá ser ocupado por un Profesor Interino, a propuesta del Director, previa autorización de dispensa por parte del Consejo Superior Universitario.
Se detallan a continuación nombres, coordinaciones y Directora:
Nombre Carrera Ariel Alejandro Alvarado Ayala Licenciatura en Administración de Empresas Ruben Estuardo Mérida Maldonado Ingeniería Agronómica en Sistemas de Producción Agrícola Byron Paredes Mayén Profesorado en Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa y Licenciatura en Pedagogía y Administración Educativa. Guillermo Enrique Muñoz Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogacía y Notariado Claudia Patricia Morales Carías de Méndez Profesorado en Enseñanza Media en Matemática y Física. Ana Emilse Rodas Morales de Rivas Extensión Universitaria. Luis Arturo Méndez Coordinador del Instituto de Investigaciones Ana Luisa García Castellanos de Méndez Directora de Postgrado” En Oficio identificado como 178/01-2024 S.C.D. de fecha 19 de abril de 2024, la Secretaria de Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso, de la Universidad de San Carlos de Guatemala, transcribe el Punto TERCERO, Inciso 3.5 del Acta No. 10-2024 de sesión extraordinaria celebrada el diecinueve de abril de dos mil veinticuatro, por el Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso, que literalmente dice:
"3.5 Oficio DIRCP/ACD/028-2024 presentado por Ing. Agr. Julio César Martínez Fuentes Director Centro Universitario de El Progreso, presenta para conocimiento y aprobación las propuestas de ternas para nombramiento de Coordinadores de Carrera, Supervisión de Área, Coordinación de Extensión Universitaria, Coordinador del Instituto de Investigaciones y Director (a) del Departamento de Postgrado del Centro Universitario de El Progreso, para el Segundo Semestre del ciclo 2024. (…)
El Consejo Directivo al respecto ACUERDA: I) Aprobar la propuesta de Coordinadores de carrera, Supervisión de Área, Coordinación de Extensión Universitaria, Coordinador del Instituto de Investigaciones y Directora de Postgrado del Centro Universitario de El Progreso, para el Segundo Semestre del ciclo 2024, presentada por el Ingeniero Agrónomo Julio César Martínez Fuentes director del Centro Universitario de El Progreso.
II) Se nombra como Coordinadores de carrera, Supervisión de Área, Coordinación de Extensión Universitaria, Coordinador del Instituto de Investigaciones y Directora del Departamento de Postgrado del Centro Universitario de El Progreso, para el Segundo Semestre del ciclo 2024, a los siguientes profesionales.Coordinadores de Carrera
Nombre Carrera Ariel Alejandro Alvarado Ayala Licenciatura en Administración de Empresas Ruben Estuardo Mérida Maldonado Ingeniería Agronómica en Sistemas de Producción Agrícola Byron Paredes Mayén Profesorado en Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa y Licenciatura en Pedagogía y Administración Educativa. Guillermo Enrique Muñoz Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogacía y Notariado Claudia Patricia Morales Carías de Méndez Profesorado en Enseñanza Media en Matemática y Física. Ana Emilse Rodas Morales de Rivas Extensión Universitaria. Luis Arturo Méndez Coordinador del Instituto de Investigaciones Ana Luisa García Castellanos de Méndez Directora de Postgrado” En oficio identificado como REF. SG-679-06-2024 de fecha 28 de junio de 2024 el Secretario General de la Universidad de San Carlos de Guatemala, Abogado Luis Fernando Cordón Lucero, traslada al Director del Centro Universitario de El Progreso, Ingeniero Agrónomo, Julio César Martínez Fuentes, el requerimiento efectuado por la Dirección de Asuntos Jurídicos a través de la Providencia DAJ No. 213-2024 del 26 de junio de 2024, para conocimiento y gestiones que correspondan en su Unidad Académica.
Mediante oficio identificado como DIRCP/ACSU/007-2024 de fecha 05 de julio de 2024, el Director del Centro Universitario de El Progreso, da respuesta al oficio de referencia SG-67906-2024 de la Secretaría General y traslada la información requerida, mediante Oficio 2512024 S.C.D. de fecha 05 de julio de 2024, adjuntando la transcripción del Punto resolutivo, para darle continuidad a la solicitud de dispensa para contratación de Profesores Interinos para la Coordinación de carreras, Coordinación de Extensión Universitaria, Coordinación del Instituto de Investigaciones y Directora del Departamento de Postgrado del Centro Universitario de El Progreso, correspondiente al segundo semestre del ciclo 2024, comprendido del 01 de julio de 2024 al 31 de diciembre de 2024.
En oficio identificado con número 251-2024 S.C.D. de fecha 05 de julio de 2024, la Secretaria de Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso, transcribe el PUNTO TERCERO, Inciso 3.4 del Acta No. 17-2024 de sesión ordinaria celebrada el cuatro de julio de 2024, por el Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso, que literalmente dice:
"3.4 Oficio DIRCP/ACD/041-2024 Presentado por Ing. Julio Cesar Martínez Fuentes Director del Centro Universitario de El Progreso, solicita lo siguiente: Por este medio, se solicita revisión al PUNTO TERCERO Inciso 3.7 del Acta 11-2024 de la Sesión Ordinaria celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso, el veintiséis de abril de dos mil veinticuatro, en virtud que la vigencia del nombramiento de los coordinadores de las diferentes coordinaciones y de la Directora del Departamento de Postgrado, indica segundo semestre 2024, siendo el periodo correcto segundo semestre 2024 comprendido del 01 de julio 2024 al 31 de diciembre 2024. Así mismo la profesional nombrada como Directora del Departamento de Postgrado no es profesor titular según los requisitos establecidos en el Artículo 65 del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala. (…)
El Consejo Directivo al respecto ACUERDA: Aprobar la revisión al PUNTO TERCERO Inciso 3.7 del Acta 11-2024 de la Sesión Ordinaria celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso, el veintiséis de abril de dos mil veinticuatro. Quedando de la siguiente manera:
Avalar la solicitud de dispensa para la contratación de Profesores Interinos para las Coordinaciones de Carreras, Coordinación de Extensión Universitaria y Coordinación del Instituto de Investigaciones del Centro Universitario de El Progreso, correspondiente al segundo semestre 2024 comprendido del 01 de julio de 2024 al 31 de diciembre de 2024, en virtud que este Centro Universitario no cuenta con Profesores Titulares III, según lo establecido en el artículo 27, 28 y 29 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
Avalar la solicitud de dispensa para la contratación de la Directora del Departamento de Postgrado del Centro Universitario de El Progreso correspondiente al segundo semestre 2024 comprendido del 01 de julio de 2024 al 31 de diciembre de 2024 en virtud que la profesional nombrada como Directora del Departamento de Postgrado no es profesor titular, según lo establecido en el Artículo 65 Inciso c. del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
Se detallan a continuación nombres, coordinaciones y Directora:
Nombre Carrera Ariel Alejandro Alvarado Ayala Licenciatura en Administración de Empresas Ruben Estuardo Mérida Maldonado Ingeniería Agronómica en Sistemas de Producción Agrícola Byron Paredes Mayén Profesorado en Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa y Licenciatura en Pedagogía y Administración Educativa. Guillermo Enrique Muñoz Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogacía y Notariado Claudia Patricia Morales Carías de Méndez Profesorado en Enseñanza Media en Matemática y Física. Ana Emilse Rodas Morales de Rivas Extensión Universitaria. Luis Arturo Méndez Coordinador del Instituto de Investigaciones Ana Luisa García Castellanos de Méndez Directora de Postgrado” En oficio identificado con número 250-2024 S.C.D. de fecha 05 de julio de 2024, la Secretaria de Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso, transcribe el PUNTO TERCERO, Inciso 3.3 del Acta 17-2024 de sesión ordinaria celebrada del cuatro de julio de dos mil veinticuatro, por el Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso, que literalmente dice:
"3.3 Oficio DIRCP/ACD/040-2024 Presentado por Ing. Julio César Martínez Fuentes Director del Centro Universitario de El Progreso, solicita lo siguiente: Por este medio solicito revisión al PUNTO TERCERO Inciso 3.5 del Acta 10-2024 de Sesión Extraordinaria celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso, el diecinueve de abril de dos mil veinticuatro, en virtud que la propuesta de Coordinadores de carrera, Supervisión de Área, Coordinación de Extensión Universitaria, Coordinador del Instituto de Investigaciones y Directora del departamento de Postgrado del Centro Universitario de El Progreso, para el Segundo Semestre del ciclo 2024, del Centro Universitario de El Progreso, no indica fecha exacta de inicio y fecha exacta que finaliza el periodo para el cual son nombrados los profesionales. (…)
El Consejo Directivo al respecto ACUERDA: Aprobar la revisión al PUNTO TERCERO Inciso 3.5 del Acta 10-2024 de Sesión Extraordinaria celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso, el diecinueve de abril de dos mil veinticuatro. Quedando de la siguiente manera:
Aprobar la propuesta de Coordinadores de carrera, Supervisión de Área, Coordinación de Extensión Universitaria, Coordinador del Instituto de Investigaciones y Directora del Departamento de Postgrado del Centro Universitario de El Progreso, para el Segundo Semestre del ciclo 2024, comprendido del 01 de julio de 2024 al 31 de diciembre de 2024, presentada por el Ingeniero Agrónomo Julio César Martínez Fuentes director del Centro Universitario de El Progreso.
Se nombra como Coordinadores de carrera, Supervisión de Área, Coordinación de Extensión Universitaria, Coordinador del Instituto de Investigaciones y Directora del Departamento de Postgrado del Centro Universitario de El Progreso, para el Segundo Semestre del ciclo 2024, comprendido del 01 de julio de 2024 al 31 de diciembre de 2024 a los siguientes profesionales.
Coordinadores de Carrera
Nombre Carrera Ariel Alejandro Alvarado Ayala Licenciatura en Administración de Empresas Ruben Estuardo Mérida Maldonado Ingeniería Agronómica en Sistemas de Producción Agrícola Byron Paredes Mayén Profesorado en Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa y Licenciatura en Pedagogía y Administración Educativa. Guillermo Enrique Muñoz Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogacía y Notariado Claudia Patricia Morales Carías de Méndez Profesorado en Enseñanza Media en Matemática y Física. Ana Emilse Rodas Morales de Rivas Extensión Universitaria. Luis Arturo Méndez Coordinador del Instituto de Investigaciones Ana Luisa García Castellanos de Méndez Directora de Postgrado (…)."
En oficio identificado como REF. SG-724-07-2024 de fecha 10 de julio de 2024 el Secretario General de la Universidad de San Carlos de Guatemala, Abogado Luis Fernando Cordón Lucero, da respuesta a la Providencia DAJ No. 213-2024 del 26 de junio de 2024 emitida por esta Dirección, por medio del cual traslada los documentos requeridos en ella y solicita darle seguimiento a la Providencia SG No. 399-06-2024 de fecha 18 de junio de 2024 emitida por Secretaría General, correspondiente a la solicitud de dispensa presentada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso, para el nombramiento de los profesores interinos para la Coordinación de Carreras, Coordinación de Extensión Universitaria, Coordinación del Instituto de Investigaciones y Directora del Departamento de Postgrado, para el segundo semestre del ciclo 2024.
En Certificación de fecha veintiocho de mayo del año dos mil veinticuatro, emitida por la Tesorera del Centro Universitario de El Progreso con el Visto Bueno del Director de dicho Centro, se certifica que se cuenta con Disponibilidad Presupuestaria para la contratación de Coordinadores de Carreras, Extensión Universitaria, Investigación y Directora de Postgrado para el segundo semestre 2024, según el cuadro descrito a continuación:
NOMBRE PARTIDA PRESUPUESTAL SUBPROGRAMA DISPONIBILIDAD ACTUAL No. Plaza Puesto Ariel Alejandro Alvarado Ayala 4.1.51.2.01.022 Administración de Empresas 01/07/2024 al 31/12/2024 56 Profesor Titular I Claudia Patricia Morales Carías de Méndez 4.1.51.2.02.022 Profesorado en Física y Matemática 01/07/2024 al 31/12/2024 11 Profesor Titular II Rubén Estuardo Mérida Maldonado 4.1.51.2.04.022 Ingeniería Agronómica en Sistemas de Producción Agrícola 01/07/2024 al 31/12/2024 5 Profesor Interino Guillermo Enrique Muñoz 4.1.51.2.05.022 Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogacía y Notariado 01/07/2024 al 31/12/2024 1 Profesor Interino Byron Paredes Mayén 4.1.51.2.06.022 Profesorado en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa 01/07/2024 al 31/12/2024 1 Profesor Interino Byron Paredes Mayén 4.1.51.2.07.022 Licenciatura en Pedagogía y Administración Educativa 01/07/2024 al 31/12/2024 1 Profesor Interino Luis Arturo Méndez 4.1.51.3.01.022 Investigación 01/07/2024 al 31/12/2024 1 Profesor Interino Ana Emilse Rodas Morales 4.1.51.4.01.022 Extensión Universitaria 01/07/2024 al 31/12/2024 1 Profesor Interino Ana Luisa García Castellanos 4.5.51.2.05.022 Maestrías y Especialidades 01/07/2024 al 31/12/2024 17 Directora de Estudios de Postgrado El Departamento de Presupuesto en oficio Ref. D.P. OF 524-2024 de fecha 09 de julio de 2024 indica que: "(…) El Departamento de Presupuesto procedió exclusivamente en atención a la competencia técnica presupuestaria que le corresponde a revisar los controles en el Sistema Integrado de Información Financiera -SIIF Nóminas - y Sistema Oracle, por lo que informa la disponibilidad presupuestaria, determinando lo siguiente:
Plaza Nombre Puesto Partida Subprograma/Carrera Vigencia Solicitada Periodo con Disponibilidad Presupuestaria actual de la plaza Disponibilidad 56 Ariel Alejandro Alvarado Ayala Coordinador de la Licenciatura en Administración de Empresas 4.1.51.2.01.022 Administración de Empresas 01/07/2024 al 31/12/2024 01/07/2024 al 31/12/2024 En este momento si cuentan con la disponibilidad a la fecha solicitada 11 Claudia Patricia Morales Carías de Méndez Coordinador Profesorado en Física y Matemática 4.1.51.2.02.022 Profesorado en Física y Matemática 01/07/2024 al 31/12/2024 01/07/2024 al 31/12/2024 En este momento si cuentan con la disponibilidad a la fecha solicitada 5 Rubén Estuardo Mérida Maldonado Coordinador de Ingeniería Agronómica en Sistemas de Producción Agrícola 4.1.51.2.04.022 Agronomía 01/07/2024 al 31/12/2024 01/07/2024 al 31/12/2024 En este momento si cuentan con la disponibilidad a la fecha solicitada 1 Guillermo Enrique Muñoz Coordinador de Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogacía y Notariado 4.1.51.2.05.022 Ciencias Jurídicas y Sociales 01/07/2024 al 31/12/2024 01/07/2024 al 31/12/2024 En este momento si cuentan con la disponibilidad a la fecha solicitada 1 Byron Paredes Mayén Coordinador de Profesorado en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa 4.1.51.2.06.022 Profesorado en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa 01/07/2024 al 31/12/2024 01/07/2024 al 31/12/2024 En este momento si cuentan con la disponibilidad a la fecha solicitada 1 Byron Paredes Mayén Coordinador de Licenciatura en Pedagogía y Administración Educativa 4.1.51.2.07.022 Coordinador de Licenciatura en Pedagogía y Administración Educativa 01/07/2024 al 31/12/2024 01/07/2024 al 31/12/2024 En este momento si cuentan con la disponibilidad a la fecha solicitada 1 Luis Arturo Méndez Coordinador de Investigación 4.1.51.3.01.022 Investigación 01/07/2024 al 31/12/2024 01/07/2024 al 31/12/2024 En este momento si cuentan con la disponibilidad a la fecha solicitada 1 Ana Emilse Rodas Morales de Rivas Coordinadora de Extensión Universitaria 4.1.51.4.01.022 Extensión 01/07/2024 al 31/12/2024 01/07/2024 al 31/12/2024 En este momento si cuentan con la disponibilidad a la fecha solicitada 17 Ana Luisa García Castellanos de Méndez Directora de Maestrías y Especialidades 4.5.51.2.05.022 Maestrías y Especialidades 01/07/2024 al 31/12/2024 01/07/2024 al 31/12/2024 En este momento si cuentan con la disponibilidad a la fecha solicitada El Artículo 27 del Reglamento General de los Centro Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala establece: "Los puestos de Coordinador de Carrera y Área serán designados por el Consejo Regional a propuesta en terna por el Director de entre los profesores titulares que ostenten como mínimo el puesto de profesor titular III; desempeñarán el cargo durante un tiempo que estará comprendido dentro del período que ejerza sus funciones el Director".
El Artículo 69. del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado establece: "Requisitos
a. Ser graduado o incorporado a la Universidad de San Carlos de Guatemala.
b. Poseer el grado académico de Doctor o Maestro.
c. Ser profesor titular y en servicio activo dentro de la Carrera Docente."De conformidad con lo expuesto, la Dirección de Asuntos Jurídicos se permite recomendar que la presente solicitud sea elevada a conocimiento y resolución del Consejo Superior Universitario para su conocimiento quien en cumplimiento con sus atribuciones con base en el artículo 11 literal t) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (nacional y autónoma), puede OTORGAR dispensa solicitada al Artículo 27 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el sentido que, los profesionales propuestos no ostentan la calidad de profesor Titular III; para ser nombrados como Coordinadores de Carrera y Área en el siguiente orden: 1) Licenciado Ariel Alejandro Alvarado Ayala como Coordinador para la Carrera de Licenciatura en Administración de Empresas del Centro Universitario de El Progreso. 2) Ingeniero Agrónomo Rubén Estuardo Mérida Maldonado como Coordinador para la Carrera de Ingeniería Agronómica en Sistemas de Producción Agrícola del Centro Universitario de El Progreso. 3) Licenciado Byron Paredes Mayén como Coordinador para la Carrera de Profesorado en Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa y Licenciatura en Pedagogía y Administración Educativa del Centro Universitario de El Progreso. 4) Licenciado Guillermo Enrique Muñoz como Coordinador para la Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogacía y Notariado, del Centro Universitario de El Progreso. 5) Licenciada Claudia Patricia Morales Carías de Méndez como Coordinadora para la Carrera de Profesorado en Enseñanza Media en Matemática y Física del Centro Universitario de El Progreso. 6) Licenciada Ana Emilse Rodas Morales de Rivas como Coordinadora de Extensión Universitaria del Centro Universitario de El Progreso. 7) Ingeniero Agrónomo Luis Arturo Méndez como Coordinador del Instituto de Investigaciones del Centro Universitario de El Progreso; todos para el período comprendido del 01 de julio al 31 de diciembre de 2024, con base a lo acordado en el Punto TERCERO, Inciso 3.7 del Acta No. 11-2024 de sesión ordinaria celebrada el veintiséis de abril de dos mil veinticuatro y su modificación contenida en Punto TERCERO, Inciso 3.4 del Acta No. 17-2024 de sesión ordinaria celebrada el cuatro de julio de dos mil veinticuatro, ambas celebradas por el Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso, así como lo acordado en el Punto TERCERO, Inciso 3.5 del Acta 10-2024 de sesión extraordinaria celebrada el diecinueve de abril de dos mil veinticuatro y su modificación contenida en Punto TERCERO, Inciso 3.3 del Acta 17-2024 de sesión ordinaria celebrada el cuatro de julio de dos mil veinticuatro, ambas celebradas por el Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso. Al respecto se ha pronunciado el Departamento de Presupuesto a través del Oficio de Ref. D.P. OF 524-2024 de fecha 09 de julio de 2024, manifestando que existe la disponibilidad presupuestaria para el período requerido.
Así mismo, puede OTORGAR dispensa solicitada al Artículo 69 Inciso c) del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado, en el sentido que, la profesional propuesta no es profesor titular y en servicio activo dentro de la Carrera Docente, para ser nombrada como: Directora del Departamento de Postgrado del Centro Universitario de El Progreso, a la Maestra Ana Luisa García Castellanos, para el período comprendido del 01 de julio al 31 de diciembre de 2024, según lo acordado en el Punto TERCERO, Inciso 3.7 del Acta No. 11-2024 de sesión ordinaria celebrada el veintiséis de abril de dos mil veinticuatro y su modificación contenida en Punto TERCERO, Inciso 3.4 del Acta No. 17-2024 de sesión ordinaria celebrada el cuatro de julio de dos mil veinticuatro, ambas celebradas por el Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso, así como lo acordado en el Punto TERCERO, Inciso 3.5 del Acta 10-2024 de sesión extraordinaria celebrada el diecinueve de abril de dos mil veinticuatro y su modificación contenida en Punto TERCERO, Inciso 3.3 del Acta 17-2024 de sesión ordinaria celebrada el cuatro de julio de dos mil veinticuatro, ambas celebradas por el Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso. Al respecto se ha pronunciado el Departamento de Presupuesto a través del Oficio de Ref. D.P. OF 524-2024 de fecha 09 de julio de 2024, manifestando que existe la disponibilidad presupuestaria para el período requerido.
El proceso administrativo, así como la verificación de los requisitos y documentos acreditantes para el ejercicio profesional y la formalización de las referidas contrataciones estarán bajo la responsabilidad del Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso de la Universidad de San Carlos de Guatemala y deberá ser evaluada, analizada y revisada por la División de Administración de Recursos Humanos de conformidad con el Módulo III del Sistema Integrado de Salarios y Auditoría Interna de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en apego al Artículo 131 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (nacional y autónoma) y al Normativo de Actuación de Auditoría Interna."
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: Con fundamento en el Artículo 11 literal t) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma):
Aprobar las solicitudes de dispensa a la aplicación de los siguientes artículos:
a) Artículo 27 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el sentido que, los profesionales propuestos no ostentan la calidad de profesor titular III, y así nombrar como coordinadores de carrera y área en el Centro Universitario de El Progreso de la Universidad de San Carlos de Guatemala, a los profesionales siguientes:
| No. | Nombre del profesional | Carrera o área |
|---|---|---|
| 01. | Ariel Alejandro Alvarado Ayala | Licenciatura en Administración de Empresas; |
| 02. | Rubén Estuardo Mérida Maldonado | Ingeniería Agronómica en Sistemas de Producción Agrícola; |
| 03. | Byron Paredes Mayén | Profesorado en Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa, y Licenciatura en Pedagogía y Administración Educativa; |
| 04. | Guillermo Enrique Muñoz | Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogacía y Notariado; |
| 05. | Claudia Patricia Morales Carías de Méndez | Profesorado en Enseñanza Media en Matemática y Física; |
| 06. | Ana Emilse Rodas Morales de Rivas | Extensión Universitaria; y, |
| 07. | Luis Arturo Méndez | Instituto de Investigaciones. |
Todos para el período comprendido del 01 de julio de 2024 al 31 de diciembre de 2024.
b) Artículo 69, inciso c) del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el sentido que, la profesional propuesta no es profesor titular y en servicio activo dentro de la Carrera Docente, y así nombrar a la profesional Ana Luisa García Castellanos como Directora del Departamento de Postgrado del Centro Universitario de El Progreso de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para el período comprendido del 01 de julio de 2024 al 31 de diciembre de 2024.
Todo lo anterior con base en lo acordado en el Punto TERCERO, inciso 3.5 del Acta No. 10-2024 de sesión extraordinaria celebrada el diecinueve de abril de dos mil veinticuatro y Punto TERCERO, inciso 3.7 del Acta No. 11-2024 de sesión ordinaria celebrada el veintiséis de abril de dos mil veinticuatro, y sus modificaciones contenidas en Punto TERCERO, incisos 3.3 y 3.4 del Acta No. 17-2024 de sesión ordinaria celebrada el cuatro de julio de dos mil veinticuatro -todas celebradas por el Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso de la Universidad de San Carlos de Guatemala-; así como al pronunciamiento del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, a través de Ref. D.P. OF 524-2024 de fecha 09 de julio de 2024, manifestando que si existe disponibilidad presupuestaria para el período requerido.
El proceso administrativo, así como la verificación de los requisitos y documentos acreditantes para el ejercicio profesional y la formalización de las referidas contrataciones estarán bajo la responsabilidad del Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso de la Universidad de San Carlos de Guatemala, y deberán ser evaluados, analizados y revisados por la División de Administración de Recursos Humanos de conformidad con el Módulo III del Sistema Integrado de Salarios, y por Auditoría Interna de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en apego al Artículo 131 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma) y al Normativo de Actuación de Auditoría Interna.
Nota: transcripción inmediata.
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar | 23 |
| 2 | No aprobar | 0 |
| 3 | Abstenciones | 3 |
| Total | 26 |
quórum: 26 miembros del Consejo Superior Universitario
El Consejo Superior Universitario procede a conocer el oficio identificado como CUNREU DC 248-2024, de fecha 05 de junio de 2024 suscrito por la Directora del Centro Universitario de Retalhuleu; Ref. D.P OF 460-2024 de fecha 14 de junio de 2024 y Ref. D.P. OF 523-2024 de fecha 09 de julio de 2024, suscritos por el Jefe del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera y REFERENCIA DAJ No. 1286-2024 de fecha 29 de julio de 2024, suscrita por la Directora de Asuntos Jurídicos, referentes a la solicitud de dispensa presentada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Retalhuleu, para autorizar el nombramiento de Coordinador Académico y Coordinadores de Carrera, para el período comprendido del 01 de julio al 31 de diciembre de 2024; en atención a lo acordado en el Punto TERCERO, inciso 3.1 del Acta No. 06-2024 de sesión ordinaria de fecha 13 de mayo de 2024, celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Retalhuleu de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Al respecto, en Centro Universitario de Retalhuleu presenta el siguiente oficio:
"Retalhuleu, 05 de junio de 2024
Lic. Luís Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala
PresenteLicenciado Cordón:
Reciba un cordial saludo en nombre del Centro Universitario de Retalhuleu –CUNREU-, de La Universidad de San Carlos de Guatemala.
Con base en el Punto TERCERO, Inciso 3.1; del Acta No. 06-2024 de sesión ordinaria celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Retalhuleu, el día lunes 13 de mayo de 2024, el cual se adjunta a la presente, solicito DISPENSA al Consejo Superior Universitario, para contratar como Profesor Interino con atribuciones de Coordinador Académico al Licenciado en Sociología Erick Emanuell Hernández Chávez; a la Licenciada Claudia Ileana Ralda Castillo como Coordinadora de la Carrera de Licenciatura en Zootecnia, a la Licenciada Mildred Gricelda Hidalgo Mazariegos, como Coordinadora de la Carrera de Licenciatura en Administración de Recursos Turísticos y a la Ingeniera en Alimentos, Brenda Gabriela Nájera Figueroa como Coordinadora del Instituto de Investigación de Seguridad Alimentaria y Nutricional del Centro Universitario de Retalhuleu , por el período comprendido del 01 de julio al 31 de diciembre de 2024.
Lo anterior, basándonos en lo que establecen los artículos 25 y 27 del Reglamento General de los Centro Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala; y en virtud que este Centro Universitario es de reciente creación, por lo que no cuenta con Profesores Titulares III requisito que se necesita para optar al cargo de Coordinador Académico y Coordinador de Carrera y/o área.
Atentamente,
"ID Y ENSEÑAD A TODOS"
MSc. Inga. Astrid Desiree Argueta del Valle
Directora del Centro
Tel. 5632-8686
argueta.astrid@usac.edu.gt"
Asimismo, se presentan los oficios identificados como Ref. D.P. OF 460-2024, de fecha 14 de junio de 2024 y Ref. D.P. OF 523-2024, de fecha 09 de julio de 2024, ambos suscritos por el Jefe del Departamento de Presupuesto, de la Dirección General Financiera, los cuales literalmente dicen:
"14 de Junio de 2024
Licenciado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de GuatemalaLicenciado Cordón.
Atentamente nos dirigimos a usted, en atención a la PROVIDENCIA SG No. 371-06-2024 del 07-06-2024, ingreso 773-2024 CSU relacionada con solicitud de dispensa por parte del Centro Universitario de Retalhuleu (CUNREU), para el nombramiento del Coordinador Académico y Coordinadores de Carrera por el periodo del 01-07-2024 al 31-12-2024, según lo acordado en el PUNTO TERCERO inciso 3.1 del Acta No. 06-2024 de sesión celebrada por el Consejo Directivo el 13-05-2024
El Departamento de Presupuesto procedió exclusivamente en atención a la competencia técnica presupuestaria que le corresponde a revisar los controles en el Sistema de Información Financiera -SIIF Nóminas- y Sistema Oracle, por lo que se informa la disponibilidad presupuestaria según las certificaciones Ref. C.P. Tesorería No. 009-2024, 0010-2024, 0011-2024 y 0012-2024 todas emitidas por la tesorería del Centro, determinando lo siguiente:
Sin otro particular, suscribimos cordialmente:
"ID Y ENSEÑAD A TODOS"
"09 de julio de 2024
Licenciado Luis Fernando Cordón Lucero Secretario General Universidad de San Carlos de Guatemala
Licenciado Cordón.
En atención a PROVIDENCIA DAJ No. 219-2024, Ref. Tesorería No. 76-2024 del Centro Universitario de Retalhuleu y, considerando lo indicado en Ref. D.P. OF. 460-2024 de fecha 14 de junio de 2024, se informa que por error se consigno la partida 4.1.74.2.02.022 siendo lo correcto la partida 4.1.74.3.01.022, por lo que según controles en el Sistema de Información Financiera -SIIF Nóminas- y Sistema Oracle, se informa la disponibilidad presupuestaria según las certificaciones Ref. C.P. Tesorería No. 009-2024, 0010-2024, 0011-2024 y 0012-2024 todas emitidas por la tesorería del Centro, determinando lo siguiente:
Sin otro particular, suscribimos cordialmente:
"ID Y ENSEÑAD A TODOS"
Derivado de Io anterior, se presenta Ia REFERENCIA DAJ No. 1286-2024 de fecha 29 de julio de 2024, suscrita por la Dirección de Asuntos Jurídicos, Ia cual literalmente dice:
"Guatemala, 29 de julio de 2024.
Abogado Luis Fernando Cordón Lucero Secretario General Universidad de San Carlos de Guatemala Su Despacho
Abogado Cordón Lucero:
En atención a la Referencia SG-726-07-2024, de fecha 10 de julio de 2024 y en seguimiento a la Providencia SG No. 400-06-2024, de fecha 18 de junio de 2024, ambas relacionadas con la solicitud de pronunciamiento al respecto de la dispensa para el nombramiento del Coordinador Académico y Coordinadores de Carrera del 01 de julio al 31 de diciembre de 2024, según lo acordado en el Punto Tercero, Inciso 3.1 del Acta No. 06-2024 de la Sesión Ordinaria celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Retalhuleu, el 13 de mayo de 2024, esta Dirección manifiesta lo siguiente: En Punto Tercero, Inciso 3.1, del Acta No. 06-2024, de Sesión Ordinaria celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Retalhuleu, el 13 de mayo de 2024, literalmente indica: "Se conoció el oficio de referencia CUNREU DC-209-2024, de fecha nueve de mayo de dos mil veinticuatro, por medio del cual la Directora MSc. Ingeniera Astrid Desiree Argueta del Valle traslada para su conocimiento y efecto la propuesta para nombrar Coordinador Académico, Coordinadores de Carreras y Coordinador del Instituto de Investigación de Seguridad Alimentaria y Nutricional de este Centro Universitario, por el periodo comprendido del 01 de julio al 31 de diciembre 2024 siendo esta la siguiente:
Luego de conocer las propuestas presentadas por la Directora, basados en los artículos 25 y 27 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios; lo (sic) cuales respectivamente establecen que el Coordinador Académico, Coordinadores de carrera y Coordinador del Instituto de Investigación del Centro serán designados por el Consejo Directivo a propuesta en tema por el Director de entre los profesores titulares que ostenten como minimo el puesto de profesor Titular III del Centro respectivo y tomando en consideración que el Centro Universitario de Retalhuleu a la fecha NO cuenta con Profesores Titulares III, cuyo requisito es necesario para ser Coordinador Académico, Coordinador de Carrera y Coordinador del Instituto de Investigación; se estable (sic) que se hace necesario solicitar Dispensa al Consejo Superior Universitario para nombrar Coordinador Académico, Coordinadores de carrera y Coordinador del Instituto de Investigación de Seguridad Alimentaria y Nutricional de este Centro Universitario; en tal sentido el Consejo Directivo por unanimidad ACUERDA: a) solicitar Dispensa al Consejo Superior Universitario para nombrar Coordinador Académico del Centro Universitario de Retalhuleu al Licenciado Erick Emanuell Hernández Chávez para el periodo comprendido del uno de julio al treinta y uno de diciembre del año dos mil veinticuatro en virtud que no cuenta con el requisito de ser como mínimo profesor titular III de este Centro Universitario; b) solicitar Dispensa al Consejo Superior Universitario pare nombrar Coordinadora de la Carrera de Licenciatura en Zootecnia del Centro Universitario de Retalhuleu a la Licenciada Claudia Ileana Ralda Castillo para el periodo comprendido del uno de julio al treinta y uno de diciembre del año dos mil veinticuatro, en virtud que no cumple con el requisito de ser como mínimo profesor titular III de este Centro Universitario; c) solicitar Dispensa al Consejo Superior Universitario para nombrar Coordinadora de la Carrera de Licenciatura en Administración de Recursos Turísticos del Centro Universitario de Retalhuleu a la Licenciada Mildred Gricelda Hidalgo Mazariegos para el periodo comprendido del uno de julio al treinta y uno de diciembre del año dos mil veinticuatro, en virtud que no cumple con el requisitos de ser como mínimo profesor titular III de este Centro Universitario; d) Solicitar Dispensa al Consejo Superior universitario para nombrar Coordinadora del Instituto de Investigación de Seguridad Alimentaria y Nutricional del Centro Universitario de Retalhuleu a la Ingeniera en Alimentos Brenda Gabriela Nájera Figueroa para el periodo comprendido del uno de julio al treinta y uno de diciembre del año dos mil veinticuatro, en virtud que no cumple con el requisito de ser como mínimo profesor titular III de este Centro Universitario e) Posterior a la obtención de la Dispensa por el Consejo Superior Universitario surtirá efecto el nombramiento de los profesionales antes descritos; y f) transcríbase de forma inmediata…"
Que el artículo 25 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, establece: "El Coordinador Académico del Centro será designado por el Consejo Directivo a propuesta en tema por el Director de entre los profesores titulares que ostenten como mínimo el puesto de profesor Titular III del Centro respectivo; desempeñará el cargo durante un tiempo que estará comprendido dentro del periodo en que ejerza sus funciones el Director que lo propuso, sin perjuicio de poder ser propuesto nuevamente en terna por un nuevo Director,..." y en el presente caso, el Licenciado Erick Emanuell Hernández Chávez, no ostenta la categoría de Profesor Titular III.
Que el artículo 27 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, establece: "Los puestos de Coordinador de Carrera y Área serán designados por el Consejo Directivo a propuesta en terna por el Director de entre los profesores titulares que ostenten como mínimo el puesto de profesor titular III; desempeñarán el cargo durante un tiempo que estará comprendido dentro del período que ejerza sus funciones el Director que lo propuso, sin perjuicio de poder ser propuesto nuevamente en terna por un nuevo director.", y en el presente caso, la Licenciada Claudia Ileana Ralda Castillo, Licenciada Mildred Gricelda Hidalgo Mazariegos e Ingeniera Brenda Gabriela Nájera Figueroa no ostentan la categoría de Profesor Titular III.
Se adjunta al expediente Certificación Presupuestal, contenida en la Ref. C.P. Tesorería. No. 009-2024, de fecha 27 de mayo de 2024, extendida por el Tesorero I, con el visto Bueno de la Directora, ambos del Centro Universitario de Retalhuleu, en la que se certifica que existe disponibilidad presupuestaria para la contratación del Profesor Interino con atribuciones de Coordinador Académico del Centro Universitario de Retalhuleu, para el periodo del 01 de julio de 2024 al 31 de diciembre de 2024.
Plaza: 13
Puesto: Coordinador Académico
Nombre del profesional Nombrado: Erick Emanuell Hernández Chávez
Partida presupuestaria: 4.1.74.2.01.0.22
Vigencia: 01 de julio de 2024 al 31 de diciembre de 2024Se adjunta al expediente, Certificación Presupuestal, contenida en la Ref. C.P. Tesorería. No. 010-2024, de fecha 27 de mayo de 2024, extendida por el Tesorero I, con el Visto Bueno de la Directora, ambos del Centro Universitario de Retalhuleu, en la que se certifica que existe disponibilidad presupuestaria para la contratación del Profesor Interino con atribuciones de Coordinadora de Carrera de la Licenciatura en Zootecnia, para el periodo del 01 de julio de 2024 al 31 de diciembre de 2024.
Plaza: 14
Puesto: Coordinadora de la Licenciatura en Zootecnia
Nombre del profesional Nombrado: Claudia Ileana Ralda Castillo
Partida presupuestaria: 4.1.74.2.01.0.22
Vigencia: 01 de julio de 2024 al 31 de diciembre de 2024Se adjunta al expediente, Certificación Presupuestal, contenida en la Ref. C.P. Tesorería. No. 011-2024, de fecha 27 de mayo de 2024, extendida por el Tesorero I, con el Visto Bueno de la Directora, ambos del Centro Universitario de Retalhuleu, en la que se certifica que existe disponibilidad presupuestaria para la contratación del Profesor Interino con atribuciones de Coordinadora de Carrera de la Licenciatura en Administración de Recursos Turísticos, para el periodo del 01 de julio de 2024 al 31 de diciembre de 2024.
Plaza: 9
Puesto: Coordinadora de la Licenciatura en Administración de Recursos Turísticos
Nombre del profesional Nombrado: Mildred Gricelda Hidalgo Mazariegos
Partida Presupuestaria: 4.1.74.2.02.0.22
Vigencia: 01 de julio de 2024 al 31 de diciembre de 2024Se adjunta al expediente, Certificación Presupuestal, contenida en la Ref. C.P. Tesorería. No. 012-2024, de fecha 27 de mayo de 2024, extendida por el Tesorero I, con el Visto Bueno de la Directora, ambos del Centro Universitario de Retalhuleu, en la que se certifica que existe disponibilidad presupuestaria para la contratación del Profesor Interino con atribuciones de Coordinador del Instituto de Investigación de Seguridad Alimentaria y Nutricional, para el periodo del 01 de julio de 2024 al 31 de diciembre de 2024.
Plaza 1
Puesto: Coordinador del Instituto de Investigación de Seguridad Alimentaria y Nutricional
Nombre del profesional Nombrado: Brenda Gabriela Nájera Figueroa
Partida presupuestaria: 4.1.74.3,01.0.22
Vigencia: 01 de julio de 2024 al 31 de diciembre de 2024Con Providencia DAJ No. 219-2024, de fecha 9 de julio de 2024, se solicitó al Secretario General, requiriera a la Directora del Centro Universitario de Retalhuleu, girar instrucciones a donde correspondiera a efecto de que se verificara si la partida Presupuestaria correspondiente a la plaza No. 1, era la correcta ya que había incongruencia con la consignada en la Ref. D.P.OF. 460-2024, de fecha 14 de junio de 2024, del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera.
Con Referencia CUNREU DC 295-2024, de fecha 9 de julio de 2024, la Directora del Centro Universitario de Retalhuleu, informó que según Ref. Tesorería No. 76-2024, de fecha 9 de julio de 2024, la partida consignada en la certificación contenida en la Referencia C.P. Tesorería No. 012-2024, de fecha 27 de mayo de 2024, para la plaza No. 1, correspondiente al puesto de Coordinador del Instituto de Investigación de Seguridad Alimentaria y Nutricional, es la correcta.
En Ref. D.P.OF 460-2024 de fecha 14 de junio de 2024, del Departamento de Presupuesto y su modificación mediante Ref. D.P.OF 523-2024 de fecha 9 de julio de 2024, el Departamento de Presupuesto manifestó que en atención a la Providencia DAJ No. 219-2024, Ref. Tesorería No. 76-2024 del Centro Universitario de Retalhuleu y considerando lo indicado en la Ref. D.P. 460-2024 de fecha 14 de junio de 2024, se informa que por error se consignó la partida 4.1.74.2.02.022 siendo lo correcto la partida 4.1.74.3.01.022, por lo que según los controles en el Sistema de Información Financiera -SIIF Nóminas- y Sistema Oracle, se informa que la disponibilidad presupuestaría según las certificaciones Ref. C.P. Tesorería No. 009-2024, 0010-2024, 0011-2024 y 0012-2024 todas emitidas por la tesorería del Centro, determinando lo siguiente:
Esta Dirección no prejuzga sobre el contenido del pronunciamiento del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, ni de las incongruencias entre lo establecido en la misma y los documentos que integran el presente expediente.
Por lo expuesto, la presente solicitud puede ser elevada al Consejo Superior Universitario para su conocimiento quien en cumplimiento con sus atribuciones con base en el artículo 11 literal t) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (nacional y autónoma), puede otorgar dispensa:
atículo 25 del Reglamento General de Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el sentido que el profesional propuestos -sic- no ostenta la categoría de Profesor Titular III del Centro respectivo, por lo que con base en lo acordado en el Punto Tercero, Inciso 3.1, del Acta No. 06-2024, de Sesión Ordinaria celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Retalhuleu, el 13 de mayo de 2024, Oficio CUNREU DC 248-2024 de fecha 05 de junio de 2024 y Ref. D.P.OF 523-2024 de fecha 9 de julio de 2024, del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, para nombrar como Coordinador Académico del Centro Universitario de Retalhuleu al Licenciado Erick Emanuell Hernández Chávez, para el periodo comprendido del 01 de julio al 31 de diciembre de 2024, tomando en consideración que se cuenta con la disponibilidad presupuestaria de conformidad con lo indicado por el Departamento de Presupuesto en la referencia indicada.
Al artículo 27 del Reglamento General de Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el sentido que los profesionales propuestos no ostentan la categoría de Profesores Titulares III, por lo que con base en lo acordado en el Punto Tercero, Inciso 3.1, del Acta No. 06-2024, de Sesión Ordinaria celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Retalhuleu, el 13 de mayo de 2024, Oficio CUNREU DC 248-2024 de fecha 05 de junio de 2024 y Ref. D.P.OF 5232024 de fecha 9 de julio de 2024, del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera; para nombrar a) Licenciada Claudia Ileana Ralda Castillo como Coordinadora de la Carrera de* Licenciatura en Zootecnia; b) Licenciada Mildred Gricelda Hidalgo Mazariegos como Coordinadora de la Carrera de Licenciatura en Administración de Recursos Turísticos, y c) Ingeniera Brenda Gabriela Nájera Figueroa de Lau como Coordinadora del Instituto de Investigación de Seguridad Alimentaria y Nutricional, todas para el periodo comprendido del 01 de julio al 31 de diciembre de 2024, tomando en consideración que se cuenta con la disponibilidad presupuestaria de conformidad con lo indicado por el Departamento de Presupuesto en la referencia indicada.
El proceso administrativo para la formalización de la contratación y cumplimiento de requisitos estará bajo la responsabilidad del Consejo Directivo del Centro Universitario de Retalhuleu de la Universidad de San Carlos de Guatemala y deberá ser evaluada, analizada y revisada por la División de Administración de Recursos Humanos de conformidad con el Módulo III del Sistema Integrado de Salarios y Auditoría Interna de la Universidad de San Carlos de Guatemala en apego al Artículo 131 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (nacional y autónoma) y al Normativo de Actuación de Auditoría Interna."
Al respecto, el Consejo Superior Universitario, ACUERDA:
Con fundamento en el Artículo 11, literal t) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma): Aprobar la solicitud de dispensa presentada por el Centro Universitario de Retalhuleu de la Universidad de San Carlos de Guatemala, a la aplicación del Artículo 25 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el sentido que, el profesional propuesto, no ostenta como mínimo, la calidad de profesor titular III y sea nombrado como Coordinador Académico del Centro Universitario de Retalhuleu el profesional Erick Emanuell Hernández Chávez, para el período comprendido del 01 de julio al 31 de diciembre de 2024.
Aprobar la solicitud de dispensa a la aplicación del Artículo 27 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el sentido que, los profesionales propuestos, no ostentan como mínimo, la categoría de profesores titulares III, y sean nombrados como Coordinadores de carrera o área -según corresponda- los siguientes profesionales:
| No. | Nombre del profesional | Carrera o área |
|---|---|---|
| 01. | Claudia Ileana Ralda Castillo | Licenciatura en Zootecnia; |
| 02. | Mildred Gricelda Hidalgo Mazariegos | Licenciatura en Administración de Recursos Turísticos; y, |
| 03. | Brenda Gabriela Nájera Figueroa de Lau | Instituto de Investigación de Seguridad Alimentaria y Nutricional. |
Todos para el período comprendido del 01 de julio al 31 de diciembre de 2024; Lo anterior, con base a lo acordado en el Punto Tercero, inciso 3.1, del Acta No. 06-2024, de sesión ordinaria celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Retalhuleu, el 13 de mayo de 2024, Oficio CUNREU DC 248-2024 de fecha 05 de junio de 2024 y oficios identificados como Ref. D.P. OF 460-2024 de fecha 14 de junio de 2024 y, Ref. D.P.OF 523-2024 de fecha 9 de julio de 2024, del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, en los que se indica que, se cuenta con la disponibilidad presupuestaria solicitada.
El proceso administrativo para la formalización de la contratación y cumplimiento de requisitos, estará bajo la responsabilidad del Consejo Directivo del Centro Universitario de Retalhuleu de la Universidad de San Carlos de Guatemala y deberá ser evaluado, analizado y revisado por la División de Administración de Recursos Humanos de conformidad con el Módulo III del Sistema Integrado de Salarios y por Auditoría Interna de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en apego al Artículo 131 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional Y Autónoma) y al Normativo de Actuación de Auditoría Interna.
Nota: transcripción inmediata.
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar | 23 |
| 2 | No aprobar | 0 |
| 3 | Abstenciones | 3 |
| Total | 26 |
quórum: 26 miembros del Consejo Superior Universitario
Constancias de Secretaría:
Sin documentos por conocer.
Sin documentos por conocer.
El Consejo Superior Universitario procede a conocer el oficio identificado como REFERENCIA A-746-2024/J de fecha 12 de julio de 2024, suscrito por el Auditor General de la Universidad de San Carlos de Guatemala, referente al informe mensual del avance del Plan Anual de Auditoría correspondiente al mes de junio de 2024, así como, actividades de control previo de auditoría y control posterior de auditoría, en atención a lo acordado por este Consejo Superior Universitario en el Punto SÉPTIMO, inciso 7.1 del Acta No. 20-2023 de sesión ordinaria celebrada el 15 de noviembre de 2023. Al respecto, el Auditor General de la Universidad de San Carlos de Guatemala presenta el siguiente oficio:
"12 de julio de 2024
Señores
Consejo Superior Universitario
Universidad de San Carlos de Guatemala
Presente
Señores Consejeros:
En atención a lo acordado por el Consejo Superior Universitario en Punto SÉPTIMO, inciso 7.1 del Acta No. 20-2023, de sesión ordinaria del 15 de noviembre de 2023, se traslada el informe mensual del avance del Plan Anual de Auditoría correspondiente al mes de junio de 2024, así como, actividades de control previo de auditoría y control posterior de auditoría para conocimiento de ese Órgano de dirección; el cual, se resume de la forma siguiente:
I. ÁREA DE AUDITORÍA DE CAMPO Y ÁREA FINANCIERA
Se iniciaron, finalizaron o quedaron en proceso, las auditorías de cumplimiento, financieras o especiales siguientes:
Plan Anual de Auditoría (PAA) 2024
Del 1 al 30 de junio de 2024 se finalizó 1 auditoría de cumplimiento; 3 Auditorías de cumplimiento, 2 auditorías especiales y 2 auditorías financieras se encuentran en proceso; como se detalla en Anexo 1.
1.1 Auditorías Finalizadas
1.1.1 Centro Universitario de Sacatepéquez (CUNSAC).
Se adjunta resumen de resultados en Anexo 2.
1.2 Auditorías en Proceso Las auditorías que se encuentran en proceso son las siguientes: 1.2.1 Centro Universitario de Petén (CUDEP). 1.2.2 Centro Universitario de Santa Rosa (CUNSARO). 1.2.3 Centro Universitario de Sololá (CUNSOL). 1.2.4 División de Administración de Recursos Humanos (DARH). 1.2.5 Facultad de Ciencias Químicas y Farmacia - Programa de Experiencias Docentes con la Comunidad (EDC).
1.2.6 Estados Financieros Universidad de San Carlos de Guatemala. 1.2.7 Estados Financieros Plan de Prestaciones del Personal de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
Dichas auditorías se encuentran en etapa de ejecución (revisión de informes o comunicación de resultados).
Auditorías de Cumplimiento, Especiales, de Seguimiento, de Asesoría y Solicitadas por Unidades Académicas y Administrativas
Se finalizaron: 1 auditoría de cumplimiento, 1 auditoría de seguimiento y 1 auditoría especial; además se encuentran en proceso: 16 auditorías de cumplimiento, 5 auditorías especiales y 10 auditorías de seguimiento; las que se describen a continuación:
2.1. Finalizadas
Las auditorías finalizadas son las siguientes:
2.1.1 Centro Universitario de Occidente (CUNOC): Auditoría de Cumplimiento Control de Formularios Oficiales.
2.1.2 Centro Universitario de Occidente (CUNOC); Seguimiento a las recomendaciones de los informes de la Auditoría Especial en el Área de Servicios Personales y Área Académica, REFERENCIA A-796-2023/136 CP del 19 de octubre de 2023 y oficio de seguimiento REFERENCIA A-023-2024/005 CP del 18 de enero de 2024.
2.1.3 Facultad de Ciencias Económicas: Requerimiento de opinión sobre pago de salarios al señor Héctor Uriel Hernández Cardona.
Se adjunta resumen de resultados en Anexo 3.
2.2 En proceso
Las auditorías que se encuentran en proceso son las siguientes:
2.2.1 Centro Universitario de Sur Oriente (CUNSURORI): Seguimiento a las recomendaciones de Área de Servicios Personales y Área Académica. REFERENCIA A-958-2023/154 CP del 21 de noviembre de 2023.
2.2.2 Centro Universitario de Zacapa (CUNZAC): Seguimiento a las recomendaciones del informe de auditoría REFERENCIA A-969-2023/159 CP, del 24 de noviembre de 2023 (Código de Auditoría Interna -CAI- 0032 y 0033). Auditoría de Cumplimiento en las Áreas de Servicios Personales y Área Académica (Control Académico).
2.2.3 Escuela de Trabajo Social: asesoría, procedimiento para dar ingreso a inventario de equipo de cómputo, recibido en calidad de donación.
2.2.4 Facultad de Arquitectura: Seguimiento a las recomendaciones del informe de auditoría REFERENCIA A-971-2023/161 CP del 24 de noviembre de 2023.
2.2.5 Auditoría Interna: Auditoría de Cumplimiento del Reglamento para el Registro, Uso, Control y Baja de Bienes Muebles de Inventario: artículo 4, literal b).
2.2.6 Facultad de Ciencias Químicas y Farmacia: Verificar el Cumplimiento del Reglamento para el Registro, Uso, Control y Baja de Bienes Muebles de Inventario: ARTÍCULO 17.
2.2.7 Dirección General Financiera, Departamento de Caja: Auditoría Especial, Arqueo a Caja de Seguridad.
2.2.8 División de Desarrollo Académico: Auditoría de cumplimiento, área de servicios personales.
2.2.9 Facultad de Ciencias Químicas y Farmacia: Proceso de entrega de bienes muebles de inventario de la maestra Claudia Verónica Violeta.
2.2.10 Centro Universitario de Izabal: Auditoría Especial, entrega y toma de posesión del cargo de director.
2.2.11 Centro Universitario del Sur (CUNSUR): Auditoría de Cumplimiento en el Departamento de Estudios de Postgrado.
2.2.12 Centro Universitario de El Progreso: Tercer seguimiento a las recomendaciones de los Informes Específicos de los Códigos de Auditoría Interna (CAI) Nos. 00024 y 00037, adjuntos a la REFERENCIA A-413-2023/080 CP del 14 de junio de 2023, así como a las recomendaciones no atendidas según seguimientos de auditoría con INFORME A-565-2023/011 SCP del 07 de agosto de 2023 e INFORME A-812-2023/018 SCP del 24 de octubre de 2023, derivado de la auditoría de cumplimiento.
2.2.13 Centro Universitario de Jutiapa: seguimiento a las recomendaciones de los informes específicos de los Códigos de Auditoría Interna (CAI) Nos. 0031 y 0017, adjuntos a las REFERENCIAS A-1004-
2023/162 CP y A-1005-2023/163 CP ambas del 28 de noviembre de 2023, derivado de la Auditoría de Cumplimiento.
2.2.14 Dirección General de Administración: Seguimiento a las recomendaciones del informe adjunto a la REFERENCIA A-399-2024/150 F del 9 de mayo de 2024, derivado de la Auditoría de Cumplimiento realizada en las áreas de Servicios Personales del Jardín Infantil y Colegio Rey Carlos II.
2.2.15 Universidad de San Carlos de Guatemala: Seguimiento a "INFORME DE AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA" del 01 de enero al 31 de diciembre de 2023, de la Contraloría General de Cuentas (Ref. R.371.06.2024 del 06 de junio de 2024).
2.2.16 TV USAC: Auditoría de especial para establecer las responsabilidades pendientes de extrabajadora.
2.2.17 Facultad de Ingeniería: Seguimiento a las recomendaciones de los Informes Específicos de los Códigos de Auditoría Interna (CAI) Nos. 0003, 0005 y 0046, adjuntos a la REFERENCIA A-4762022/119 CP del 27 de junio de 2022 y Seguimiento INFORME A-948-2023/019 SCP del 20 de noviembre de 2023, derivado de la Auditoría de Cumplimiento en Área Académica (Control Académico), Tesorería (Inventarios), Servicios Personales, por el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2021.
2.2.18 Dirección General Financiera: Seguimiento a recomendaciones de la Referencia A-01282024/004 CP del 15 enero 2024, Baja de Inventario de Bienes y Suministros -Departamento de Proveeduría.
2.2.19 Centro Universitario del Sur: Seguimiento a las recomendaciones del Informe REFERENCIA A287-2024/022 CP del 04 de abril de 2024.
2.2.20 Facultad de Ciencias Químicas y Farmacia: Cumplimiento del Reglamento para el Registro, Uso, Control y Baja de Bienes Muebles de Inventario, Artículo 20. Traslado de bienes mueble de inventario al Programa de Experiencias Docentes (EDC).
2.2.21 Departamento de Caja: Cumplimiento del Sistema General de ingresos a informes el año 2022 de Granja Experimental de la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia.
2.2.22 Dirección General Financiera / Sección de Cobros (Baja de Bienes Muebles de Inventario).
2.2.23 Centro Universitario de Izabal (Baja de Bienes Muebles de Inventario). 2.2.24 Facultad de Agronomía (Baja de Bienes Muebles de Inventario).
2.2.25 Facultad de Medicina y Zootecnia / Finca Medio Monte (Baja de Bienes Muebles de Inventario).
2.2.26 Escuela de Formación de Profesores de Enseñanza Media (Baja de Bienes Muebles de Inventario).
2.2.27 Escuela de Trabajo Social (Baja de Bienes Muebles de Inventario). 2.2.28 Facultad de Ciencias Médicas (Baja de Bienes Muebles de Inventario). 2.2.29 Dirección General Financiera / Departamento de Presupuesto (Baja de Bienes Muebles de Inventario).
2.2.30 Dirección General Financiera/ Departamento de Contabilidad (Baja de Bienes Muebles de Inventario).
2.2.31 Dirección General de Docencia (Baja de Bienes Muebles de Inventario).
Se adjunta reporte en Anexo 4.
II. CONTROL PREVIO DE AUDITORÍA
Las áreas de Auditoría Centralizada y Descentralizada efectuaron control previo de auditoría a distintos expedientes de compras (baja cuantía, directas y cotización), ayudas económicas, compensaciones económicas, pensiones por jubilación y otros, tramitados por las dependencias universitarias, inclusive el Plan de Prestaciones.
Se adjunta resumen en Anexo 5.
III. CONTROL POSTERIOR DE AUDITORÍA
Las Áreas de Auditoría de Campo y Financiera efectuaron control posterior de auditoría a los registros contables y financieros de la Universidad de San Carlos de Guatemala y Plan de Prestaciones. Se describen las actividades en Anexos 6 y 7.
Auditoría Interna cumple con sus funciones de practicar auditorías financieras, de cumplimiento, de desempeño y especiales; ejecutar control previo y posterior de auditoría; así como, proporcionar en alto grado, asesoramiento y prevención de incorrecciones, incumplimientos o desviaciones en las operaciones financiero - administrativas y además, se formulan recomendaciones para acciones correctivas y pliegos preventivos de responsabilidades para la recuperación del patrimonio de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
Sin otro particular, suscribo,
Atentamente,
"ID Y ENSEÑAD A TODOS"
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: Dar por recibido el oficio identificado como REFERENCIA A-746-2024/J de fecha 12 de julio de 2024, suscrito por el Auditor General de la Universidad de San Carlos de Guatemala, mediante el cual, traslada para conocimiento de este máximo órgano de dirección, el informe mensual del avance del Plan Anual de Auditoría correspondiente al mes de junio de 2024, así como actividades de control previo de auditoría y control posterior de auditoría; en atención a lo acordado por este Consejo Superior Universitario en el Punto SÉPTIMO, inciso 7.1 del Acta No. 20-2023 de sesión ordinaria celebrada el 15 de noviembre de 2023.
Nota: transcripción inmediata.
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar | 27 |
| 2 | No aprobar | 0 |
| 3 | Abstenciones | 3 |
| Total | 30 |
quórum: 30 miembros del Consejo Superior Universitario
El Consejo Superior Universitario procede a conocer el oficio identificado como Ref. PP-508-2024 de fecha 08 de julio de 2024, suscrito por el Administrador Ejecutivo del Plan de Prestaciones del Personal de la Universidad de San Carlos de Guatemala, referente al informe administrativo, financiero, presupuestal y liquidable del referido Plan; en atención a lo acordado por este Consejo Superior Universitario en el Punto SÉPTIMO, inciso 7.3 del Acta No. 10-2023, de sesión ordinaria del 24 de mayo de 2023. Al respecto, el Administrador Ejecutivo del Pan de Prestaciones del Personal de la Universidad de San Carlos de Guatemala presenta lo siguiente:
"Guatemala, 8 de julio de 2024
Señores Miembros
Consejo Superior Universitario
Universidad de San Carlos de Guatemala
Presente.Señores Consejeros:
En cumplimiento a lo acordado en el numeral 2, del Punto SÉPTIMO, inciso 7.3 del Acta No. 10-2023 de sesión ordinaria celebrada por el Honorable Consejo Superior Universitario, el 24 de mayo de 2023, el cual refiere a la presentación de manera mensual, de un Informe Administrativo, financiero, presupuestal y liquidable, para conocer la cantidad de trabajadores que están agremiados y jubilados en el Plan de Prestaciones de la Universidad; los montos que se pagan mensual y anualmente; los estados financieros y las cuentas que se manejan en el referido Plan, con la finalidad de que se refleje transparencia.
Al respecto, con base al Artículo 3 del Reglamento del Plan de Prestaciones del Personal de la Universidad de San Carlos de Guatemala, el cual establece que el Plan tiene por objeto "asegurar a todos los trabajadores de la institución afiliados al mismo, el goce de una pensión al retirarse del servicio, por invalidez, o por cumplir con los requisitos del artículo 11 del presente Reglamento y, al ocurrir su fallecimiento, proteger a los beneficiarios con un Seguro de Vida y con pensiones de Viudez y Orfandad. Asimismo, tiene por objeto compensar al trabajador afiliado, en forma opcional para él y como alternativa a las demás prestaciones del Plan, en caso de su retiro voluntario o por despido", por este medio se informa, lo siguiente:
- INFORME ADMINISTRATIVO
El Plan de Prestaciones realiza distintos procesos administrativos de recepción, trámite, análisis y gestión de pago de las diferentes Prestaciones, Prestamos, y gestiones financieras que brinda a los Afiliados, Jubilados y Beneficiarios del Plan de Prestaciones del Personal de la Universidad de San Carlos de Guatemala, tal como se aprecia en los cuadros siguientes:
Según información proporcionada por la División Administración de Recursos Humanos, al 25 de abril de 2024 con Contrato Vigente, existe un total de 9,066 TRABAJADORES ACTIVOS (afiliados) al Plan de Prestaciones, que prestan un servicio remunerado por el erario de la Universidad de San Carlos de Guatemala, mediante el pago de sueldo o salario, en los renglones establecidos, y según la nómina al 31 de mayo de 2024 del Plan de Prestaciones, existe un total de 3,508 JUBILADOS y PENSIONADOS.
Las gestiones realizadas al 31 de mayo de 2024, muestran que se han atendido un total de 16,170 GESTIONES ADMINISTRATIVAS (10,754+5,416) por lo que es de resaltar la responsabilidad del equipo de trabajo, en cumplir con la misión y visión del Plan de Prestaciones para alcanzar los objetivos propuestos; esto en pro de la adecuada administración y del otorgamiento eficiente de las prestaciones y otros beneficios que se otorgan en el Plan de Prestaciones, ya que al comparar el total de gestiones realizadas con las del año 2023, que ascendieron a 20,691, las gestiones de los primeros cinco meses del 2024 representan de dicho total, el 78% (16,170/20,691).
1.4 LOGROS Y/O BENEFICIOS OBTENIDOS PARA LOS JUBILADOS Y BENEFICIARIOS DEL PLAN DE PRESTACIONES
Se logró a través de distintas gestiones, que el Banco GYT continental beneficiara a los Jubilados y Pensionados del Plan de Prestaciones, en cuanto a conceder una asignación de tasa de interés del 5.00% anual, capitalizable mensualmente, sobre el saldo promedio a las cuentas del Plan de Prestaciones de la Universidad de San Carlos de Guatemala que tiene en dicha entidad.
1.6 FORTALECIMIENTO DE COMPETENCIAS DEL PERSONAL DEL PLAN DE PRESTACIONES
i. En ámbito de Seguridad Ocupacional
Se fortalecieron las competencias del personal, en el ámbito del Seguridad Ocupacional, respecto a PRIMEROS AUXILIOS a cargo de Pedro Everardo Meza Barrios, quien está autorizado por el Ministerio de Trabajo y Provisión Social como Profesional Diverso en Salud y Seguridad Ocupacional, y actualmente ocupa la plaza de Técnico en Prestaciones. Cabe resaltar que dicho fortalecimiento tuvo como objetivo que el personal adquiera conocimiento de cómo proceder ante una situación de emergencia en su área de trabajo y mitigar los riesgos ocupacionales.
ii. En ámbito de Tecnológico e Innovación
Se fortalecieron las competencias, en el ámbito del Tecnológico e Innovación, respecto al programa POWER BI nivel básico impartido por la Cámara de Comercio de Guatemala. Cabe resaltar que dicho fortalecimiento tuvo como objetivo que el personal tenga conocimiento de la herramienta electrónica para crear informes a partir de base de datos y analizar datos para tomar las mejores decisiones en la Dirección del Plan de Prestaciones.
- INFORME FINANCIERO
El artículo 33 del Reglamento del Plan de Prestaciones del Personal de la Universidad de San Carlos de Guatemala establece que para el Régimen Financiero del Plan "Se adopta el sistema financiero de prima escalonada para el financiamiento del Plan, y en consecuencia, cuando en un ejercicio financiero el total de ingresos por concepto de contribuciones más el rendimiento de la reserva técnica, sea inferior al total de los egresos por concepto de prestaciones y gastos administrativos, se ordenará el estudio correspondiente a un nivel que garantice el equilibrio financiero por un período no menor de cinco años". Para el efecto de lo expuesto, según los ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE MAYO DE 2024, el Plan de Prestaciones cuenta con recursos financieros que se integran por las cuotas de afiliación laboral y patronal, así como el rendimiento de las inversiones, así:
Como se puede observar los recursos con los que cuenta el Plan de Prestaciones, en primera parte es financiado tanto por los trabajadores como por la Universidad de San Carlos de Guatemala, para el efecto, durante el Ejercicio Contable al 31 de mayo de 2024, se ha devengo el total de Q.174,856,220.81 en concepto de cuotas laboral y patronal, según integración anterior.
Respecto a las inversiones en reservas descritas en instituciones privadas, públicas y préstamos a trabajadores, es de resaltar que durante el periodo descrito, han devengado un rendimiento en reservas de Q125,716,179.57, por lo que al sumar los cuotas laboral y patronal referidas y otros ingresos, totalizan ingresos al 31 de mayo por la cantidad de Q300,572,460.38; lo que muestra que a la presente fecha la cobertura de las obligaciones del Plan, están aseguradas, toda vez que con dichos ingresos se cubre el total de pagos de pensión de jubilaciones, orfandad y viudez, entre otros gastos de prestaciones, los cuales ascendían a dicha fecha, a Q116,521,359.67, sin que para ello, se tenga que efectuar desinversión del monto de las reservas acumuladas, tal y como se observa a continuación:
En el Estado de Ingresos y Egresos, se observa que, al 31 de mayo de 2024, existe un Excedente de Ingresos por Q183,449,635.95, por lo que de conformidad con la Nota a los Estados Financieros No. 1, según la última Valuación Actuarial, la prima actual muestra suficiencia financiera para cubrir los excesos de gastos del Plan sin afectar el monto de las reservas indicadas.
No obstante, lo expuesto, se debe solicitar la elaboración de un nuevo estudio actuarial que determine el monto necesario para fortalecer las reservas técnicas del Plan, que permita cubrir las prestaciones futuras de los trabajadores que pertenecen al Plan de Prestaciones, que opten por la jubilación o compensación económica, toda vez que el último estudio actuarial, se realizó en el año 2017, y según la información proporcionada por la División de Administración de Recursos Humanos, el total de trabajadores activos (afiliados al plan de prestaciones) al 31 de diciembre de 2022, con posible jubilación, asciende a 1358 trabajadores que son parte del PASIVO DIFERIDO que tiene comprometido el Plan de Prestaciones.
Es preciso indicar que según se muestra en el Estado de Situación al 31 de mayo de 2024 del total de CUENTAS POR COBRAR, se encuentra integrado, entre otros, por el monto adeudado por la Universidad de años anteriores, correspondiente al aporte patronal de la Universidad (Cuota Universitaria) pendiente de trasladar hacia el Plan de Prestaciones que asciende a Q.484,482,433.76, y representa el 9.95% del Total de Activo y el 10.03% del Total de Patrimonio.
- REGISTRO Y AMORTIZACIÓN DE CUOTA UNIVERSITARIA (PATRONAL) DE LA UNIVERSIDAD A PLAN DE PRESTACIONES
En relación a la deuda de la Universidad por Cuota Universitaria (Patronal) pendiente de traslado al Plan de Prestaciones de años anteriores, cabe indicar que, se realizaron diligencias administrativas ante la Universidad en la gestión de la cobranza por el adeudo de Q.484,482,433.76, integrado así: Q.123,855,473.72 por los periodos de agosto a diciembre 2017; Q.132,638,102.44 por los periodos de febrero a junio 2018; y Q.227,988,857.60 por los periodos de mayo a diciembre 2021.
Sin embargo, solo ha cumplido con el pago de los aportes ordinarios, los cuales, al 29 de junio de 2024, ascienden al total de Q.132,459,595.41 en concepto de Cuota Universitaria (Patronal) trasladados por la Universidad al Plan de Prestaciones, asi:
CONCLUSIÓN
Por lo anterior, se informa al HONORABLE CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO, que a la presente fecha la situación administrativa y financiera del Plan de Prestaciones del Personal de la Universidad de San Carlos de Guatemala permite asegurar el cumplimiento de las obligaciones a sus Afiliados, Jubilados y Beneficiarios, sin embargo, se debe considerar lo siguiente:
Elaboración de un NUEVO ESTUDIO ACTUARIAL que determine el monto necesario para fortalecer las reservas técnicas del Plan, que permita cubrir las prestaciones futuras de los trabajadores que pertenecen al Plan de Prestaciones, que opten por la jubilación o compensación económica, toda vez que el último estudio actuarial, se realizó en el año 2017, y según la información proporcionada por la División de Administración de Recursos Humanos, el total de trabajadores activos (afiliados al plan de prestaciones) al 31 de diciembre de 2022, con posible jubilación, asciende a 1358 trabajadores que son parte del PASIVO DIFERIDO que tiene comprometido el Plan de Prestaciones.
La AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA DE AÑOS ANTERIORES, en concepto de Cuota Patronal pendiente de trasladar de la Universidad hacia el Plan de Prestaciones por el total de Q.484,482,433.76 para realizar inversiones que fortalezcan las reservas técnicas del Plan de Prestaciones."
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: Dar por recibido el oficio identificado como Ref. PP-508-2024 de fecha 8 de julio de 2024, suscrito por el Administrador Ejecutivo del Plan de Prestaciones del Personal de la Universidad de San Carlos de Guatemala, referente al informe administrativo, financiero, presupuestal y liquidable del referido Plan; en atención a lo acordado por este Consejo Superior Universitario en el Punto SÉPTIMO, inciso 7.3 del acta No. 10-2023, de sesión ordinaria de fecha 24 de mayo de 2023.
Nota: transcripción inmediata.
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar | 28 |
| 2 | No aprobar | 0 |
| 3 | Abstenciones | 2 |
| Total | 30 |
quórum: 30 miembros del Consejo Superior Universitario
El Consejo Superior Universitario procede a conocer la PROVIDENCIA CGC No. 18006-2024 de la Coordinadora General de Cooperación y Relaciones Internacionales, de fecha 14 de junio de 2024, referente al Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre la Universidad de San Carlos de Guatemala y la Municipalidad de Fraijanes.
Considerando que se cuenta con el OFICIO DGF No. 522P-2024 de fecha 08 de mayo de 2024, de la Dirección General Financiera de la Universidad de San Carlos de Guatemala, mediante el cual, se indica que, con base en el Artículo 8, literal e. del Reglamento para la Gestión, Negociación y Suscripción de Instrumentos de Cooperación para el Desarrollo Universitario, traslada el expediente de mérito para que, se continúe con el trámite respectivo, en virtud que, -en dicho oficio se indica-, el mismo no representa ningún compromiso de carácter presupuestario y financiero para la Universidad de San Carlos de Guatemala. A su vez, hace la observación que el tipo de instrumento a suscribir, así como la redacción, estructura, gestión, seguimiento y cooperación del convenio, es responsabilidad de la Coordinadora General de Cooperación y Relaciones Internacionales de la Universidad de San Carlos de Guatemala, de conformidad con lo establecido en los artículos 11 y 12 del Reglamento para la Gestión, Negociación y Suscripción de Instrumentos de Cooperación para el Desarrollo Universitario; y según lo indicado en el artículo 20 son responsables de la ejecución, evaluación y seguimiento del referido convenio las unidades ejecutoras.
Además cuenta con el Dictamen favorable de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, contenido en el DICTAMEN DAJ No. 0752024 de fecha 12 de junio del 2024, en el cual se indica que, el contenido del Instrumento venido a consulta, se encuentra en concordancia con los fines encomendados constitucionalmente a esta casa de estudios superiores, recomendando a las autoridades ejecutoras del mismo, observar la legislación de aplicación general del territorio guatemalteco y la normativa universitaria y que el mismo, no contraviene las normas universitarias, su autonomía y soberanía nacional, considerando que es de beneficio para la Universidad de San Carlos de Guatemala, porque coadyuvará al cumplimiento de sus fines constitucionalmente encomendados; y lo traslada para conocimiento y, si así se considera, para aprobación del Consejo Superior Universitario.
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA:
Aprobar el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre la Universidad de San Carlos de Guatemala y la Municipalidad de Fraijanes, en virtud que el mismo no contraviene las normas universitarias, su autonomía y soberanía nacional; además considerando que es de beneficio para la Universidad de San Carlos de Guatemala, ya que coadyuvará al cumplimiento de sus fines constitucionalmente encomendados y, que según lo indicado por la Dirección General Financiera mediante el OFICIO DGF No. 522P-2024 de fecha 08 de mayo de 2024, no representa ningún compromiso presupuestario y financiero para la Universidad de San Carlos de Guatemala.
El referido convenio marco entra en vigor a partir de la fecha de su última firma y tendrá una vigencia de cinco (5) años; en cuanto a la suscripción de convenios específicos, deberán cumplir con la legislación universitaria y encontrarse bajo la cobertura de la vigencia antes descrita; así mismo, ante la pérdida de vigencia por cumplimiento del plazo establecido, su prórroga deberá tramitarse a través de un nuevo convenio marco, previa evaluación de los resultados. Lo anterior de conformidad con la CLÁUSULA OCTAVA del referido convenio.
Con fundamento en el Artículo 12 del Reglamento para Autorización de Carreras en las Unidades Académicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala, se prohíbe la creación de carreras, autorización, aprobación u otorgamiento de grados académicos derivados de cursos, diplomados, talleres o cualquier otro que no corresponda a carreras académicas acreditadas previamente por esta casa de estudios superiores.
Autorizar al Rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala para suscribir el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre la Universidad de San Carlos de Guatemala y la Municipalidad de Fraijanes, como lo indica la Pauta 19, literales b) y c) de las Pautas de Contratación de esta casa de estudios superiores y el Artículo 14 literal a. del Reglamento para la Gestión, Negociación y Suscripción de Instrumentos de Cooperación para el Desarrollo Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
En la ejecución del convenio marco referido deben predominar los principios generales que rigen el derecho internacional, tales como la buena fe y pacta sunt servanda (todo tratado en vigor obliga a las partes).
La redacción, estructura, gestión, seguimiento y cooperación del convenio que ahora se gestiona, es responsabilidad de la Coordinadora General de Cooperación y Relaciones Internacionales de la Universidad de San Carlos de Guatemala, de conformidad con lo regulado en los Artículos 11 y 12 del Reglamento para la Gestión, Negociación y Suscripción de Instrumentos de Cooperación para el Desarrollo Universitario, y deberá tomar en consideración lo indicado por la Secretaría General en REF.SG-075-02-2024 de fecha 01 de febrero de 2024, en cuanto a la rúbrica y sello de los instrumentos de cooperación dictaminados. Así como, son responsables de la ejecución, evaluación y seguimiento del referido convenio, las autoridades y funcionarios comparecientes y suscribientes, de conformidad con lo regulado en el Artículo 20 del mismo cuerpo legal citado.
Nota: transcripción inmediata.
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar | 27 |
| 2 | No aprobar | 1 |
| 3 | Abstenciones | 2 |
| Total | 30 |
quórum: 30 miembros del Consejo Superior Universitario
EI Consejo Superior Universitario procede a conocer Ia OPINIÓN DAJ No. 40-2024, de fecha 31 de julio de 2024, suscrita por la Directora de Asuntos Jurídicos, referente al siguiente asunto: Solicitud de Aval para la ejecución del Proyecto denominado "MEJORAMIENTO CENTRO UNIVERSITARIO DE ZACAPA USAC-CUNZAC, ZACAPA, ZACAPA", identificado en el Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP- con el código No. 330446. Al respecto, se presenta la documentación relacionada que obra en el expediente de mérito:
Derivado de lo anterior, se presenta la OPINIÓN DAJ No. 40-2024 de fecha 31 de julio de 2024, suscrita por la Dirección de Asuntos Jurídicos, la cual literalmente dice:
"Guatemala, 31 de julio de 2024.
Abogado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de GuatemalaAbogado Cordón Lucero:
En respuesta a sus providencias identificadas como SG No. 471-07-2024 y Referencia REF.SG-834-072024, de fechas 22 de julio de 2024 y 31 de julio de 2024, recibidas en esta dirección el 31 de julio de 2024, relacionadas con el asunto resumido en el acápite, se emite opinión en los términos siguientes:
DE LA SOLICITUD
En PROVIDENCIA SG No. 471-07-2024, de fecha 22 de julio de 2024, el Secretario General de esta Casa de Estudios Superiores solicita que se emita dictamen relacionado al AVAL para la ejecución del Proyecto denominado "MEJORAMIENTO DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE ZACAPA USAC - CUNZAC ZACAPA, ZACAPA".
ANTECEDENTES
Punto SEPTIMO, Inciso 7.2 del Acta 10-2024 de Sesión Ordinaria celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Zacapa el 05 de junio de 2024, mediante la cual Acuerda: "I. Emitir el Aval para dar trámite al expediente ante el Consejo Departamental de Desarrollo CODEDE Zacapa para el proyecto de Mejoramiento del Centro Universitario de Zacapa USAC – CUNZAC, Zacapa, Zacapa con número de SNIP 330446"
Con fecha 22 de julio de 2024, el Secretario General de la Universidad de San Carlos de Guatemala en PROVIDENCIA SG No. 471-07-2024, solicitó a la Dirección de Asuntos Jurídicos se emita dictamen sobre el requerimiento presentado en oficio identificado como Cons. Dir. 482024, de fecha 07 de junio de 2024, suscrito por el Doctor Manuel Alejandro Barrios Izás, Secretario Consejo Directivo, Secretario Centro Universitario de Zacapa, en el cual requiere el AVAL para la ejecución del Proyecto denominado "MEJORAMIENTO DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE ZACAPA USAC - CUNZAC ZACAPA, ZACAPA" Identificado con el No. de SNIP 330446, adjuntando la siguiente documentación:
a) Copia del Acta No. 12-2024, de reunión extraordinaria del Consejo Departamental de Desarrollo Zacapa -CODEDE-, emitida en el municipio de Zacapa, departamento de Zacapa, de fecha 22 de mayo de 2024, donde fue presentado por la Sociedad Civil la propuesta del proyecto denominado "MEJORAMIENTO DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE ZACAPA USAC – CUNZAC ZACAPA, ZACAPA" con No. de SNIP 330446.
b) Oficio de la Municipalidad de Zacapa, Zacapa en el cual informa sobre aporte municipal de fecha de marzo de 2024.
c) Transcripción Punto SEPTIMO, Inciso 7.2 del Acta 10-2024, de sesión ordinaria del Consejo Directivo de Zacapa, el 05 de junio de 2024.
d) Boleta del Sistema Nacional de Inversión Publica -SINIP- emitida por Secretaria General de Planificación -SEGEPLÁN-, relacionada al Proyecto denominado "MEJORAMIENTO DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE ZACAPA USAC - CUNZAC ZACAPA, ZACAPA" con No. de SNIP 330446.
Con fecha 24 de julio de 2024, la Dirección de Asuntos Jurídicos, solicita mediante PROVIDENCIA DAJ No. 239-2024, dirigida al Secretario General de esta Casa de Estudios Superiores la cual indica que, previo a emitir pronunciamiento se integre al expediente correspondiente.
así mismo el Punto CUARTO, Inciso 4.1 del Acta 14-2024 de Sesión Extraordinaria celebrada por Consejo Directivo del Centro Universitario de Zacapa el 29 de julio de 2024, mediante la cual acuerdan "(…) A) Aprobar disponibilidad presupuestaria, dentro del presupuesto ordinario de la unidad para el Proyecto de Mejoramiento Centro Universitario de Zacapa USAC - CUNZAC presentada por medio de Oficio TESO No. 114-2024 de fecha Zacapa 29 de julio de 2024 firmado por el Licenciado Jimmy Alexander Vargas Salguero, al mismo tiempo se hace constar de manera expresa que esta UNIDAD ACADÉMICA NO REQUERIRÁ PRESUPUESTO ADICIONAL PARA LA SOSTENIBILIDAD DEL PROYECTO DENOMINADO MEJORAMIENTO CENTRO UNIVERSITARIO DE ZACAPA USAC-CUNZAC, ZACAPA, ZACAPA, con número de SNIP 330446".
Con fecha 30 de julio 2024, el Secretario del Consejo Directivo del Centro Universitario de Zacapa, en oficio identificado como Cons. Dir. 62-2024, mediante el cual traslada a Secretaría General el requerimiento realizado en REF. SG-816-07-2024, el cual contiene:
a) Of. Ref. Cedesyd.146.07.2024 del 29 de julio de 2024 firmado por el Ing. Kevin Waldemar Nufio Martínez, Jefe del Centro de Estudios de Desarrollo Seguro y Desastres.
b) OF. REF.CBI 47-07-2024 del 29 de julio de 2024 firmado por el M.A. Gustavo Enrique Taracena Gil, Coordinador de la Comisión de Evaluación, Normalización y Control de bienes Inmuebles. REF. SG-830-07-2024 del 30 de julio de 2024 firmada por el abogado Luis Fernando Cordón Lucero, Secretario General, a través de la cual se reitera la información que debe enviar la Comisión de Evaluación, Normalización y Control de bienes Inmuebles. (Comisión de Evaluación Normalización y Control de bienes inmuebles no cumplió con lo solicitado por la Dirección de Asuntos Jurídicos, específicamente en pronunciamiento firmado por los integrantes de la misma).
c) Opinión Técnica. DUC. 016-2024 del 29 de julio de 2024, firmado por el Arq. Milton Giovanni Fuentes López, Coordinador General de Servicios e Infraestructura Física– DGS-.
d) Oficio Cons. Dir. 62-2024 del 30 de julio de 2024, firmado por el Dr. Manuel Alejandro Barrios Izás, Secretario del Consejo Directivo del Centro Universitario de Zacapa, el cual contiene aprobación de disponibilidad presupuestaria, dentro del presupuesto ordinario de la unidad para el Proyecto de Mejoramiento Centro Universitario de Zacapa USAC –CUNZAC presentada por medio de Oficio TESO No. 114-2024 de fecha Zacapa 29 de julio de 2024 firmado por el Licenciado Jimmy Alexander Vargas Salguero, al mismo tiempo se hace constar de manera expresa que esta UNIDAD ACADÉMICA NO REQUERIRÁ PRESUPUESTO ADICIONAL PARA LA SOSTENIBILIDAD DEL PROYECTO DENOMINADO MEJORAMIENTO CENTRO UNIVERSITARIO DE ZACAPA USAC-CUNZAC, ZACAPA, ZACAPA, con número de SNIP 330446.
e) Of. Ref. CGP.288.07.2024 del 26 de julio de 2024, firmado por el Arq. Eddy Alberto Popá Ixcot, Coordinador General de Planificación.
f) OFICIO DGF No. 1010A-2024 del 30 de julio de 2024, firmado por el Lic. Abraham González Lemus, Director General Financiero.
Con fecha 29 de julio de 2024, el Coordinador de la Comisión de Evaluación, Normalización y Control de Bienes Muebles en oficio identificado como OF.REF.CBI.47-07-2024, suscrito por el M.A. Gustavo Enrique Taracena Gil, en el cual informa que verificó que el bien inmueble en el cual se planifica desarrollar el proyecto denominado ""MEJORAMIENTO DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE ZACAPA USAC - CUNZAC ZACAPA, ZACAPA", identificado con el No. de SNIP 330446.", es a título propio de la Universidad de San Carlos de Guatemala con Registro de la Propiedad como Finca número tres mil seiscientos treinta y cinco (3635) Folio ciento treinta y cinco (135) Libro veinte y ocho E (28E), por lo tanto esta Comisión ratifica que la propiedad donde se desea realizar este proyecto, es legítima propiedad de Universidad de San Carlos de Guatemala. (adjuntamos copia de escrituras propiedad de Universidad de San Carlos de Guatemala y certificación de Registro de la Propiedad). (…) concluyendo, que SI esta formulado con base a los criterios técnicos normativos institucionales, por lo que puede continuar con el trámite respectivo.
Con fecha 26 de julio de 2024, la Coordinadora General de Planificación en Of.Ref.CGP.288.07.2024, suscrito por el Arquitecto Omar Marroquín Pacheco, Asesor Planificador y con el visto bueno del Arquitecto Eddy Alberto Popa Ixcot, Coordinador General de Planificación, "emite -DICTAMEN TÉCNICO FAVORABLE- referente al proyecto "Mejoramiento Centro Universitario de Zacapa USAC-CUNZAC, ZACAPA" sobre la documentación que se tiene a la vista y que consta en el expediente que se presentó.".
Con fecha 30 de julio de 2024, en oficio identificado como DGF No. 1010A-2024, suscrito por el Asistente Ejecutivo Licenciado Urías Amitaí Guzmán García, con visto bueno del Director General Financiero, Doctor Abraham González Lemus, emiten opinión: "que el proyecto denominado "MEJORAMEINTO -sic- DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE ZACAPA USAC - CUNZAC, ZACAPA, ZACAPA" registrado en el Sistema Nacional de Inversión Pública -SINIP- bajo el número 0330446 y como Unidad Ejecutora responsable la Municipalidad de Zacapa del Departamento de Zacapa, con un Costo Total Proyectado de TRECE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS DOCE QUETZALES CON DIECIOCHO CENTAVOS (Q.13,697,412.18) y programación física Multianual para los años 2024, 2025, 2026 Y 2027, según descripción en el Sistema Nacional de Inversión Publica (SINIP); para lo cual existe el compromiso del Consejo Directivo del Centro Universitario de Zacapa, para destinar el Presupuesto que permita la cobertura de la sostenibilidad de los costos anuales administrativos, de operación y mantenimiento durante su vida útil, los cuales será cubiertos con el Techo Presupuestario asignado al Centro Universitario de Zacapa y no requerirá presupuesto adicional para los ejercicios Fiscales a futuro para la sostenibilidad del citado proyecto, de conformidad con lo resuelto por el Consejo Directivo del citado Centro Universitario en Punto CUARTO: AUTORIZACIONES FINANCIERAS, Inciso 4.1 del Acta 14-2024, de sesión extraordinaria celebrada el 29 de julio de 2024.
Con fecha 29 de julio de 2024, en oficio identificado como Oficio DUC. 016-2024, suscrito por la Ingeniera Sara Elizabeth Chávez Cutz, Coordinadora del Departamento de Diseño, Urbanizaciones y Construcciones y con el visto bueno del Arquitecto Milton Giovanni Fuentes López, Coordinador General de Servicios e Infraestructura Física de la División de Servicios Generales, emiten Dictamen Técnico, en los siguientes términos: "Se hace de su conocimiento que después de haber revisado el expediente trasladado según oficio Cons.Dir. 48-2024, en solicitud de AVAL para la ejecución del proyecto denominado "MEJORAMEINTO DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE ZACAPA USAC -CUNZAC, ZACAPA, ZACAPA", el cual incluyó los siguientes documentos: Perfil del proyecto; Resolución: 003338-2024DC/MCECF/sncm. del expediente EAI-E-1267-2024, del proyecto: MEJORAMEINTO DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE ZACAPA USAC -CUNZAC, ZACAPA, ZACAPA. Emitida por la Delegación Departamental de Zacapa de la Dirección de Coordinación Nacional de Ambiente y Recursos Naturales; Memorias de Calculo Estructural; Especificaciones técnicas generales, específicas y técnicas; Juego de 30 planos; Presupuesto de ejecución de los años 2024, 2025, 2026, 2027 (costos unitarios e integración), Proyecto multianual; Cronograma físico - financiero de ejecución de los años: 2024, 2025, 2026, 2027. Proyecto multianual. Y considerando que el proyecto corresponde a un edificio para la educación superior a desarrollarse en el Centro Universitario de Zacapa -CUNZACubicado en Finca Pueblo Modelo, Aldea Manzanotes, Zacapa. La función de este es ampliar la Academia en capacidad de atención a los estudiantes de la región y aledaños. Por lo tanto, se concluye emitir AVAL FAVORABLE para realizar dicho proyecto, siempre y cuando cumpla con todos los procedimientos establecidos por la Universidad de San Carlos de Guatemala, las autorizaciones de Ley correspondientes, Sistema Nacional de Inversión Publica SNIP No. 0330446 y contar con los recursos necesarios para su ejecución.".
Con fecha 29 de julio de 2024, en oficio identificado como Of.Ref.Cedesyd.146.07.2024 suscrito por el Arquitecto Mauro Marvin Molina Molina, Profesional de Área Análisis e Investigación y con visto bueno del Ingeniero Kevin Waldemar Nufio Martínez, Jefe CEDESYD, con el cual emiten OPINION TECNICA en los siguientes términos: "El motivo de la presente es para hacer entrega de la opinión técnica de la "PROYECTO DE MEJORAMIENTO DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE ZACAPA " el cual se solicitó por medio de la REF. SG-818-07-2024 a la jefatura de este centro de estudios, por lo que se adjunta el presente informe: Según la Opinión Técnica 24-2024 elaborada el 26 de julio de 2024 y emitida por este centro (ver anexo), se establecieron diversas recomendaciones, las cuales deben ser tomadas previo a realizar cualquier tipo de ampliación. 1. Se recomienda cumplir con las Normas de Reducción de Desastres –NRD-, tomando en cuenta las Normas de seguridad estructural de edificaciones y obras de infraestructura para la República de Guatemala -NRD1- basadas en las Normas de Seguridad Estructural –NSE- de AGIES 2018, y Especificaciones técnicas para materiales de construcción -NRD3- de la Coordinadora Nacional de Reducción de Desastres –CONRED- previo a realizar las futuras ampliaciones. 2. Esta opinión técnica contempla factores que determinen la vulnerabilidad no estructural, por lo que, no constituye una autorización para realizar los trabajos de mejoramiento, sin la aprobación de las autoridades correspondientes.
CONSIDERACIONES LEGALES
Constitución Política de la República de Guatemala
Artículo 82 "(…) La Universidad de San Carlos de Guatemala, es una institución autónoma con personalidad jurídica. En su carácter de única universidad estatal le corresponde con exclusividad, dirigir, organizar y desarrollar la educación superior del Estado y la educación profesional universitaria estatal (…) Se rige por su Ley Orgánica y por los estatutos y reglamentos que ella emita (…)".
Artículo 83. "Gobierno de la Universidad de San Carlos de Guatemala. El gobierno de la Universidad de San Carlos de Guatemala corresponde al Consejo Superior Universitario, integrado por el Rector, quien lo preside; los decanos de las facultades; un representante del colegio profesional, egresado de la Universidad de San Carlos de Guatemala, que corresponda a cada facultad; un catedrático titular y un estudiante por cada facultad.".
Artículo 254. "Gobierno municipal. El gobierno municipal será ejercido por un consejo el cual se integra con el alcalde, los síndicos y concejales, electos directamente por sufragio universal y secreto para un periodo de cuatro años, pudiendo ser reelectos".
Código Municipal
Artículo 33. "Gobierno del municipio. Corresponde con exclusividad al Consejo Municipal el ejercicio del gobierno del municipio, velar por la integridad de su patrimonio, garantizar sus intereses con base en los valores, cultura y necesidades planteadas por los vecinos, conforme a la disponibilidad de recursos".
Artículo 35. "Atribuciones generales del Consejo Municipal. Son atribuciones del Consejo Municipal: (…); b) El ordenamiento territorial y control urbanístico de la circunscripción municipal; c) La convocatoria a los distintos sectores de la sociedad del municipio para la formulación e institucionalización de las políticas públicas municipales y de los planes de desarrollo urbano y rural del municipio, identificando y priorizando las necesidades comunitarias y propuestas de solución a los problemas locales; d) El control y fiscalización de los distintos actos del gobierno municipal y de su administración; e) El establecimiento, planificación, reglamentación, programación, control y evaluación de los servicios públicos municipales, así como las decisiones sobre las modalidades institucionales para su prestación, teniendo siempre en cuenta la preeminencia de los intereses públicos; f) La aprobación, control de ejecución, evaluación y liquidación del presupuesto de ingresos y egresos del municipio, en concordancia con las políticas públicas municipales; g) La aceptación de la delegación o transferencia de competencias; h) El planteamiento de conflictos de competencia a otras entidades presentes en el municipio; i) La emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales."
Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala
Artículo 48. "Forman el patrimonio de la Universidad: 1ero.. Los bienes de cualquier clase que se le hayan adjudicado y los nacionales que hubiere tenido a su servicio y administración; 2do. Las rentas, productos y emolumentos que provengan de sus bienes propios; 3ro. El producto de los impuestos, arbitrios, derechos, cuotas y tasas establecidas y las que se establezcan a su favor; y 4to. Los demás bienes que haya adquirido o adquiera de conformidad con la ley.".
Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala
Artículo 13. "El Rector es el representante legal de la Universidad. Es también el único órgano de comunicación entre la Universidad y el Gobierno de la República. Ejecuta y hace cumplir las resoluciones del Consejo Superior Universitario.".
Artículo 126. "Son bienes propios de las Unidades Académicas, Institutos y Dependencias de la Universidad: (…), e) Los legados, herencias y donaciones que recibiesen de manera específica y exclusiva; (…),".
Artículo 127. "(Modificado por el punto Noveno, del Acta 27-2005 del Consejo Superior Universitario, de fecha 26/10/2005) El Consejo Superior Universitario tiene el derecho de disponer de los bienes de la Universidad, sin más limitaciones que las que fijan las leyes y el interés y conveniencia de la Institución, (…). "
Normas del Sistema Nacional de Inversión Pública
"3.2 Aval del Ente Rector
El ente rector sectorial se hará responsable mediante carta, formulario, dictamen u otro medio escrito oficial de que:
a) El proyecto de inversión responde a las políticas y lineamientos del sector.
b) El proyecto esta formulado con base en los criterios técnicos normativos institucionales.
c) Garantiza la sostenibilidad del proyecto durante su vida útil detallando los costos de administración, operación y mantenimiento que genera el mismo, indicando que acepta cubrir dichos costos.
d) Cuando el rector sectorial no sea responsable de la administración, operación y mantenimiento del proyecto, debe adjuntarse la constancia correspondiente firmada por la máxima autoridad de la institución que asumirá el compromiso.".ANÁLISIS JURÍDICO
El caso objeto de análisis versa sobre la solicitud de Secretaría General de emitir dictamen con relación al AVAL DEL ENTE RECTOR para la ejecución del Proyecto denominado "MEJORAMIENTO CENTRO UNIVERSITARIO DE ZACAPA USAC-CUNZAC, ZACAPA, ZACAPA", identificado en el Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP- con el código No. 330446", en atención al requerimiento del Consejo Directivo del Centro Universitario de Zacapa contenido en Punto SEPTIMO, Inciso 7.2 del Acta 10-2024 celebrado en Sesión Ordinaria de dicho Consejo Directivo el 05 de junio de 2024.
La Constitución Política de la República de Guatemala, en el Artículo 82 establece que la Universidad de San Carlos de Guatemala debe regirse por su Ley Orgánica y Reglamentos que la misma emita; en el Artículo 254 Constitucional en cuanto al gobierno Municipal se establece que el mismo será ejercido por un Concejo el cual se integra con el Alcalde, los Síndicos y Concejales, electos directamente por sufragio universal y secreto para un periodo de cuatro años, pudiendo ser reelectos; el Código Municipal en el Artículo 35 determina que dentro de las atribuciones generales del Consejo Municipal específicamente la literal f) indica: (…); f) La aprobación, control de ejecución, evaluación y liquidación del presupuesto de ingresos y egresos del municipio, en concordancia con las políticas públicas municipales.
En el Artículo 48 de la Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala los bienes de la Universidad son todos aquellos que adquiera de conformidad con la Ley; y en el Artículo 13 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma), el Rector es el representante legal de la Universidad. Es también el único órgano de comunicación entre la Universidad y el Gobierno de la República, hace cumplir las disposiciones del Consejo Superior Universitario en cuanto a disponer de los bienes de la Universidad, sin más limitaciones que las que fijan las leyes y el interés y conveniencia de la Institución. En contexto con lo anterior el Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala en su Artículo 127 indica que El Consejo Superior Universitario tiene el derecho de disponer de los bienes de la Universidad, sin más limitaciones que las que fijan las leyes y el interés y conveniencia de la Institución.
Las Normas del Sistema Nacional de Inversión Pública son el conjunto de normas, instrucciones, procedimientos y herramientas, orientadas a ordenar el proceso de la inversión pública y concretar las opciones de inversión más rentables económica y socialmente, tomando en cuenta las políticas públicas. Dentro del mismo establece que el ente rector sectorial es el responsable de dar el AVAL por escrito; para garantizar la sostenibilidad del proyecto durante su vida útil detallando los costos de administración operación y mantenimiento que genere el mismo.
Por lo que es de considerar que de conformidad con acordado mediante Punto CUARTO, Inciso 4.1 del Acta 14-2024 de Sesión Extraordinaria celebrada por Consejo Directivo del Centro Universitario de Zacapa el 29 de julio de 2024 aprobar la disponibilidad presupuestaria, dentro del presupuesto ordinario de la unidad para el Proyecto de Mejoramiento Centro Universitario de Zacapa USAC - CUNZAC presentada por medio de Oficio TESO No. 114-2024 de fecha Zacapa 29 de julio de 2024 firmado por el Licenciado Jimmy Alexander Vargas Salguero, al mismo tiempo se hace constar de manera expresa que esta UNIDAD ACADÉMICA NO REQUERIRÁ PRESUPUESTO ADICIONAL PARA LA SOSTENIBILIDAD DEL PROYECTO DENOMINADO MEJORAMIENTO CENTRO UNIVERSITARIO DE ZACAPA USAC-CUNZAC, ZACAPA, ZACAPA, con número de SNIP 330446 esto durante la vida útil
Consta dentro del expediente que la Comisión de Evaluación, Normalización y Control de Bienes Inmuebles de esta Casa de Estudios Superiores, mediante OF.REF.CBI 47-07-2024 del 29 de julio de 2024, verifico que el bien inmueble donde se planifica ejecutar el proyecto relacionado es propiedad de la Universidad de San Carlos de Guatemala, así mismo analizo los dictámenes emitidos por Centro de Estudios de Desarrollo Seguro y Desastres CEDESYD, Coordinadora General de Planificación y División General de Servicios e Infraestructura Física DSG, concluyendo, que el Proyecto denominado "MEJORAMIENTO CENTRO UNIVERSITARIO DE ZACAPA USAC-CUNZAC, ZACAPA, ZACAPA", identificado con el No. De SNIP 330446, si esta formulado con base a los criterios técnicos normativos institucionales, por lo que puede continuar con el trámite respectivo.
De igual manera, la Coordinadora General de Planificación de la Universidad de San Carlos de Guatemala, mediante oficio identificado como Of.Ref.CGP.288.07.2024 del 26 de julio de 2024 emita - sic- DICTAMEN TÉCNICO FAVORABLE- referente al proyecto "Mejoramiento del Centro Universitario de Zacapa USAC - CUNZAC Zacapa, Zacapa" sobre la documentación que se tiene a la vista y que consta en el expediente que se presentó y confirma que responde a las Políticas y lineamientos de la Educación Superior Pública y específicamente a las Políticas Generales de la Universidad de San Carlos de Guatemala, numerales 2, 2.2.3, literal F, numeral 1.1 y 1.2.2, 1.3 y 1.3.1.
Por su parte, la Dirección General Financiera opinó en OFICIO DGF No.1010A-2024 de fecha 30 de julio 2024 opina lo siguiente: "que el proyecto denominado "MEJORAMEINTO -sic- DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE ZACAPA USAC -CUNZAC, ZACAPA, ZACAPA" registrado en el Sistema Nacional de Inversión Pública -SINIP- bajo el número 0330446 y como Unidad Ejecutora responsable la Municipalidad de Zacapa del Departamento de Zacapa, con un Costo Total Proyectado de TRECE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS DOCE QUETZALES CON DIECIOCHO CENTAVOS (Q.13,697,412.18) y programación física Multianual para los años 2024, 2025, 2026 Y 2027, según descripción en el Sistema Nacional de Inversión Publica (SINIP); para lo cual existe el compromiso del Consejo Directivo del Centro Universitario de Zacapa, para destinar el Presupuesto que permita la cobertura de la sostenibilidad de los costos anuales administrativos, de operación y mantenimiento durante su vida útil, los cuales será cubiertos con el Techo Presupuestario asignado al Centro Universitario de Zacapa y no requerirá presupuesto adicional para los ejercicios Fiscales a futuro para la sostenibilidad del citado proyecto, de conformidad con lo resuelto por el Consejo Directivo del citado Centro Universitario en Punto CUARTO: AUTORIZACIONES FINANCIERAS, Inciso 4.1 del Acta 14-2024, de sesión extraordinaria celebrada el 29 de julio de 2024."
De conformidad con el oficio de la Coordinadora General de Servicios e Infraestructura Física de la División de Servicios Generales de la Dirección General de Administración se emitió AVAL FAVORABLE para realizar dicho proyecto, siempre y cuando cumpla con todos los procedimientos establecidos por la Universidad de San Carlos de Guatemala, las autorizaciones de Ley correspondientes, Sistema Nacional de Inversión Pública SNIP No.0330446, y contar con los recursos necesarios para su ejecución. Así también se cuenta con la OPINION TECNICA 24-2024 emitida por el Centro de Estudios de Desarrollo Seguro y Desastres -CEDESYD- contenida en Oficio identificado como Of.Ref.Cedesyd.146.07.2024 de fecha 29 de julio 2024 en el cual recomienda lo siguiente: - contar los estudios de suelos necesarios, previo a realizar las futuras ampliaciones y -cumplir con las Normas de Reducción de Desastres –NRD-, tomando en cuenta las Normas de seguridad estructural de edificaciones y obras de infraestructura para la República de Guatemala -NRD1- basadas en las Normas de Seguridad Estructural –NSE- de AGIES 2018, y Especificaciones técnicas para materiales de construcción -NRD3- de la Coordinadora Nacional de Reducción de Desastres –CONRED- previo a realizar las futuras ampliaciones.
Consecuentemente, es importante citar la Certificación del Punto SÉPTIMO del Acta No.84-2024 que contiene Sesión Pública Ordinaria celebrada el jueves 13 de junio de 2024, por el Consejo Municipal del Municipio de Zacapa departamento de Zacapa mediante el cual acuerda "PRIMERO: DECLARAR, de CARÁCTER PRIORITARIO, el proyecto denominado: MEJORAMIENTO CENTRO UNIVERSITARIO DE ZACAPA USAC-CUNZAC, ZACAPA, ZACAPA, (…); de igual manera mediante Acta No. 08-2024 el Consejo Departamental de Desarrollo Zacapa en su Punto SEXTO aprueban por unanimidad la Reprogramación de obras para el ejercicio fiscal 2024 de Sociedad Civil y mediante Punto SEPTIMO del mismo punto resolutivo se aprueban los proyectos presentados para el ejercicio fiscal 2024, el cual cuanta con el apartado de Sociedad Civil en el cual se presenta el proyecto "Mejoramiento del Centro Universitario de Zacapa USAC–CUNZAC Zacapa, Zacapa"
Así mismo que el proyecto denominado "Mejoramiento del Centro Universitario de Zacapa USAC– CUNZAC Zacapa, Zacapa" se planifico para ser ejecutado en el Bien Inmueble inscrito en el Registro General de la Propiedad bajo el número de finca 3565, Folio 135 del libro 28E de Zacapa propiedad de la Universidad de San Carlos de Guatemala, con una vida útil de 20 años y que el mismo será ejecutado por la Municipalidad de Zacapa, departamento y municipio de Zacapa, siendo la fuente de inversión con aportes del Consejo Departamental de Desarrollo de Zacapa, mediante modalidad Multianual, para el Ejercicio Fiscal 2024, 2025, 2026 y 2027; con un aporte de Q13,697,412.18 distribuido por Ejercicio Fiscal de la siguiente manera: Ejercicio Fiscal 2024, aporte de Q3,424,353.18; Ejercicio Fiscal 2025, aporte de Q3,424,353.00; Ejercicio Fiscal 2026, aporte de Q3,424,353.00 y el para el Ejercicio Fiscal 2027 Q3,424,353.00. según el proyecto presentado en el presente expediente.
De lo antes expuesto se puede determinar que el Proyecto denominado "Mejoramiento del Centro Universitario de Zacapa USAC - CUNZAC Zacapa, Zacapa" fue priorizado por el Consejo Departamental de Desarrollo del departamento de Zacapa, mismo que será ejecutado bajo la responsabilidad de la Municipalidad de Zacapa, Zacapa, el cual consiste en "mejorar las condiciones de las instalaciones existentes del Centro Universitario de Zacapa de la Universidad de San Carlos de Guatemala, se realizarán trabajos en las siguientes áreas: Mejoramiento del edificio A en los acabados de las instalaciones existentes y la construcción de módulos de laboratorios de video conferencias, laboratorios de cómputo y salón de video conferencias, para el año 2024 se construirá 1 modulo con un área de 358 m2, para el año 2025 se construirán 2 módulos y cada uno con un área de 358 m2, para el año 2026 se construirá 1 modulo con un área de 358 m2, para el año 2027 se construirá 1 modulo con un área de 358 m2. Se realizarán mejoras en las áreas exteriores como en la Calle del ingreso principal, plazas, caminamientos, aceras y parqueos. Se construirá un Polideportivo con módulos de sanitarios, vestidores y un escenario para uso múltiple.". Según lo establecido en la boleta del Sistema Nacional de Inversión Publica -SINIP-.
El referido proyecto se planifico para ser ejecutado en el Bien Inmueble inscrito en el Registro General de la Propiedad bajo el número de finca 3565, Folio 135 del libro 28E de Zacapa propiedad de la Universidad de San Carlos de Guatemala, estableciendo que el proyecto tendrá una vida útil de 20 años. Por lo anteriormente expuesto la Dirección de Asuntos Jurídicos considera que el Consejo Superior Universitario puede emitir el AVAL COMO ENTE RECTOR para dar cumplimiento con lo solicitado por la Secretaría General de Planificación -SEGEPLAN- Normas del Sistema Nacional de Inversión Pública, para el Proyecto denominado "Mejoramiento del Centro Universitario de Zacapa USAC–CUNZAC Zacapa, Zacapa", por lo que emite la siguiente:
OPINION
Que el Consejo Superior Universitario con fundamento en el Artículo 82 y 83 de la Constitución Política de la República de Guatemala; Artículo 48 de la Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala; Artículos 126 y 127 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (nacional y autónoma) y considerando lo siguiente:
i. Punto SEPTIMO, Inciso 7.2 del Acta 10-2024 de Sesión Ordinaria celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Zacapa el 05 de junio de 2024, mediante la cual Acuerda: "I. Emitir el Aval para dar trámite al expediente ante el Consejo Departamental de Desarrollo CODEDE Zacapa para el proyecto de Mejoramiento del Centro Universitario de Zacapa USAC - CUNZAC, Zacapa, Zacapa con número de SNIP 330446" así mismo el Punto CUARTO, Inciso 4.1 del Acta 142024 de Sesión Extraordinaria celebrada por Consejo Directivo del Centro Universitario de Zacapa el 29 de julio de 2024, mediante la cual acuerdan "(…) A) Aprobar disponibilidad presupuestaria, dentro del presupuesto ordinario de la unidad para el Proyecto de Mejoramiento Centro Universitario de Zacapa USAC - CUNZAC presentada por medio de Oficio TESO No. 114-2024 de fecha Zacapa 29 de julio de 2024 firmado por el Licenciado Jimmy Alexander Vargas Salguero, al mismo tiempo se hace constar de manera expresa que esta UNIDAD ACADÉMICA NO REQUERIRÁ PRESUPUESTO ADICIONAL PARA LA SOSTENIBILIDAD DEL PROYECTO DENOMINADO MEJORAMIENTO CENTRO UNIVERSITARIO DE ZACAPA USAC-CUNZAC, ZACAPA, ZACAPA, con número de SNIP 330446".
ii) OF.REF.CBI.47-07-2024 de fecha 29 de julio de 2024 de la Comisión de Evaluación, Normalización y Control de Bienes Inmuebles propiedad de la Universidad de San Carlos de Guatemala mediante el cual se concluye que el bien inmueble donde se desarrollará el proyecto es propiedad de la Universidad de San Carlos de Guatemala y concluye que si esta formulado con base a los criterios técnicos normativos institucionales, por lo que puede continuar con el trámite respectivo.
iii) Of.Ref.CGP.288.07.2024 del 26 de julio 2024, emitido por la Coordinadora General de Planificación mediante la cual "emite -DICTAMEN TÉCNICO FAVORABLE- referente al proyecto "Mejoramiento Centro Universitario de Zacapa USAC-CUNZAC, ZACAPA" sobre la documentación que se tiene a la vista y que consta en el expediente que se presentó." e indicó que sí responde a las Políticas y lineamientos de la Educación Superior Pública y específicamente a las Políticas Generales de la Universidad de San Carlos de Guatemala, numerales 2, 2.2.3, literal F, numeral 1.1 y 1.2.2, 1.3 y 1.3.1.
iv) Dirección General Financiera mediante OFICIO DGF No.1010A-2024 del 30 de julio 2024, la cual indica que existe compromiso del Consejo Directivo del Centro Universitario de Zacapa, para destinar el Presupuesto que permita la cobertura de la sostenibilidad de los costos anuales administrativos, de operación y mantenimiento durante su vida útil, los cuales será cubiertos con el Techo Presupuestario asignado al Centro Universitario de Zacapa y no requerirá presupuesto adicional para los ejercicios Fiscales a futuro para la sostenibilidad del citado proyecto, de conformidad con lo resuelto por el Consejo Directivo del citado Centro Universitario en Punto CUARTO: AUTORIZACIONES FINANCIERAS, Inciso 4.1 del Acta 14-2024, de sesión extraordinaria celebrada el 29 de julio de 2024.
v) Que el proyecto denominado "Mejoramiento del Centro Universitario de Zacapa USAC - CUNZAC Zacapa, Zacapa" se planifico para ser ejecutado en el Bien Inmueble inscrito en el Registro General de la Propiedad bajo el número de finca 3565, Folio 135 del libro 28E de Zacapa propiedad de la Universidad de San Carlos de Guatemala, con una vida útil de 20 años y que el mismo será ejecutado por la Municipalidad de Zacapa, departamento y municipio de Zacapa, siendo la fuente de inversión con aportes del Consejos Departamental de Desarrollo de Zacapa, mediante modalidad Multianual, para el Ejercicio Fiscal 2024, 2025, 2026 y 2027; con un aporte Q13,697,412.18 distribuido por Ejercicio Fiscal de la siguiente manera: Ejercicio Fiscal 2024, aporte de Q3,424,353.18; Ejercicio Fiscal 2025, aporte de Q3,424,353.00; Ejercicio Fiscal 2026, aporte de Q3,424,353.00 y el para el Ejercicio Fiscal 2027 Q3,424,353.00. según el proyecto presentado en el presente expediente.
Con el fin de armonizar las políticas públicas con las prioridades nacionales de desarrollo, y de acuerdo con las necesidades institucionales y para dar cumplimiento a lo indicado en el numeral 3.2 de las Normas del Sistema Nacional de Inversión Pública de la Secretaría General de Planificación -SEGEPLANy considerando que la unidad ejecutora del del proyecto será la Municipalidad de Zacapa, el Consejo Superior Universitario quien es el legitimado para disponer del patrimonio universitario según el Artículo 126 y 127 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (nacional y autónoma), puede, si lo considera pertinente:
Emitir el AVAL COMO ENTE RECTOR SECTORIAL para el proyecto denominado "Mejoramiento del Centro Universitario de Zacapa USAC - CUNZAC, Zacapa, Zacapa", identificado en el Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP- con el código No. 330446, tal como lo indica el numeral 3.2 de las Normas del Sistema Nacional de Inversión Pública de la Secretaría General de Planificación -SEGEPLAN- en los siguientes términos:
a) El proyecto de inversión responde a las políticas y lineamientos del sector, según pronunciamiento de la Coordinadora General de Planificación contenido en oficio Of.Ref.CGP.288.07.2024 del 26 de julio 2024 que contiene -DICTAMEN TÉCNICO FAVORABLEreferente al proyecto "Mejoramiento Centro Universitario de Zacapa USAC-CUNZAC, ZACAPA,".
b) El proyecto está formulado con base en los criterios técnicos normativos institucionales, según pronunciamiento remitido por la Comisión de Evaluación, Normalización y Control de Bienes Inmuebles propiedad de la Universidad de San Carlos de Guatemala, mediante oficio identificado como OF.REF.CBI 47-07-2024 del 29 de julio de 2024.
c) Se garantiza la sostenibilidad del proyecto durante su vida útil (costos de administración, operación y mantenimiento que genera el mismo) dichos costos se cubrirán con el presupuesto ordinario asignado al Centro Universitario de Zacapa, según Punto CUARTO, Inciso 4.1 del Acta 14-2024 de Sesión Extraordinaria celebrada por Consejo Directivo del Centro Universitario de Zacapa el 29 de julio de 2024 y OFICIO DGF No.1010A-2024 del 30 de julio de 2024, emitido por la Dirección General Financiera.
Instruir a la Director del Centro Universitario de Zacapa para que gestione ante la municipalidad de Zacapa, unidad ejecutora del proyecto, se agregue al proyecto denominado "Mejoramiento del Centro Universitario de Zacapa USAC - CUNZAC, Zacapa, Zacapa", identificado en el Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP- con el código No. 330446 la proyección de costos para la administración, operación y mantenimiento del mismo en concordancia con lo acordado por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Zacapa Punto CUARTO, Inciso 4.1 del Acta 14-2024 de Sesión Extraordinaria celebrada por Consejo Directivo del Centro Universitario de Zacapa el 29 de julio de 2024 y del cual se pronuncio la Dirección General Financiera.
Instruir a las Autoridades del Centro Universitario de Zacapa contemplar dentro de su Presupuesto Ordinario los costos de administración, operación y mantenimiento que genere el proyecto "Mejoramiento del Centro Universitario de Zacapa USAC - CUNZAC, Zacapa, Zacapa", durante la vida útil establecida en dicho proyecto, toda vez para estos costos no se aprobarán asignaciones extraordinarias.
Se sugiere nombrar a la Comisión de Evaluación, Normalización y Control de Bienes Inmuebles propiedad de la Universidad de San Carlos de Guatemala y al Director del Centro Universitario de Zacapa, o quien haga sus funciones, para dar seguimiento a la ejecución del proyecto en mención y verifique el cumplimiento de las observaciones presentadas por Coordinador General de Servicios e Infraestructura Física de la División de Servicios Generales de la Dirección General de Administración mediante Opinión Técnica. DUC. 016-2024 del 29 de julio de 2024 así como las contenidas en la Opinión Técnica 24-2024 del Centro de Estudios de desarrollo Seguro y Desastres -CEDESYD- trasladada mediante Of.Ref.Cedesyd. 146.07.2024 del 29 de julio de 2024 y presentar informes cuatrimestrales sobre los avances y observaciones del mismo al Consejo Superior Universitario, así como un informe final para su aceptación al momento de finalizado el proyecto.
Instruir a la Comisión de Evaluación, Normalización y Control de Bienes Inmuebles propiedad de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para realizar una visita técnica al Bien Inmueble propiedad de la Universidad de San Carlos de Guatemala donde se desarrollara el proyecto referido para que presente al Consejo Superior Universitario un informe técnico integral, de conformidad y dentro de la esfera de su competencia y responsabilidades con relación la ejecución del proyecto "Mejoramiento del Centro Universitario de Zacapa USAC - CUNZAC, Zacapa, Zacapa" el cual debe esta suscrito por cada uno de los miembros que integran dicha comisión"
Se recomienda que al momento de recibir el proyecto se realice el aviso que corresponda al Departamento de Contabilidad para el registro en los Activos Fijos de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
De lo resuelto notificar al Centro Universitario de Zacapa y a la Municipalidad de Zacapa, departamento y municipio de Zacapa."
Este Consejo Superior Universitario, con fundamento en los Artículos 82 y 83 de la Constitución Política de la República de Guatemala; Artículo 48 de la Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala; Artículos 126 y 127 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma) y, considerando lo siguiente: Punto SEPTIMO, Inciso 7.2 del Acta No. 10-2024 de Sesión Ordinaria celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Zacapa el 05 de junio de 2024, mediante el cual Acuerda: "I. Emitir el Aval para dar trámite al expediente ante el Consejo Departamental de Desarrollo CODEDE Zacapa para el proyecto de Mejoramiento del Centro Universitario de Zacapa USAC - CUNZAC, Zacapa, Zacapa con número de SNIP 330446"; Así mismo, el Punto CUARTO, Inciso 4.1 del Acta No. 142024 de Sesión Extraordinaria celebrada por Consejo Directivo del Centro Universitario de Zacapa, el 29 de julio de 2024, mediante el cual, acuerda: "(…) A) Aprobar disponibilidad presupuestaria, dentro del presupuesto ordinario de la unidad para el Proyecto de Mejoramiento Centro Universitario de Zacapa USAC - CUNZAC presentada por medio de Oficio TESO No. 114-2024 de fecha Zacapa 29 de julio de 2024 firmado por el Licenciado Jimmy Alexander Vargas Salguero, al mismo tiempo se hace constar de manera expresa que esta UNIDAD ACADÉMICA NO REQUERIRÁ PRESUPUESTO ADICIONAL PARA LA SOSTENIBILIDAD DEL PROYECTO DENOMINADO MEJORAMIENTO CENTRO UNIVERSITARIO DE ZACAPA USAC-CUNZAC, ZACAPA, ZACAPA, con número de SNIP 330446". Asimismo, se cuenta el con pronunciamiento de la Comisión de Evaluación, Normalización y Control de Bienes Inmuebles propiedad de la Universidad de San Carlos de Guatemala, contenido en el oficio identificado como OF.REF.CBI 47-07-2024 de fecha 29 de julio de 2024; Dictamen Técnico Favorable de la Coordinadora General de Planificación, contenido en el oficio identificado como Of. Ref.CGP.288-07-2024 de fecha 26 de julio de 2024; Opinión Técnica 24-2024 del Centro de Estudios de Desarrollo Seguro y Desastres de la Universidad de San Carlos de Guatemala -CEDESYD-; Opinión Técnica. DUC. 0162024 de fecha 29 de julio de 2024, suscrita por el Coordinador General de Servicios e Infraestructura Física de la División de Servicios Generales de la Dirección General de Administración de la Universidad de San Carlos de Guatemala y tomando en consideración el Pronunciamiento de la Dirección General Financiera, contenido en el OFICIO DGF No. 1010A-2024 de fecha 30 de julio de 2024. Con el fin de armonizar las políticas públicas con las prioridades nacionales de desarrollo, de acuerdo con las necesidades institucionales y, para dar cumplimiento a lo indicado en el numeral 3.2 de las Normas del Sistema Nacional de Inversión Pública de la Secretaría General de Planificación -SEGEPLAN- y considerando que la unidad ejecutora del proyecto será la Municipalidad de Zacapa, este Máximo Órgano de Dirección, ACUERDA:
Emitir el AVAL COMO ENTE RECTOR SECTORIAL para el proyecto denominado "Mejoramiento Centro Universitario de Zacapa USAC - CUNZAC, Zacapa, Zacapa", identificado en el Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP- con el código No. 330446, tal como lo indica el numeral 3.2 de las Normas del Sistema Nacional de Inversión Pública de la Secretaría General de Planificación -SEGEPLAN- en los siguientes términos: a) El proyecto de inversión responde a las políticas y lineamientos del sector, según pronunciamiento de la Coordinadora General de Planificación de la Universidad de San Carlos de Guatemala, contenido en oficio Of.Ref.CGP.288.07.2024 del 26 de julio 2024, que contiene DICTAMEN TÉCNICO FAVORABLE, referente al proyecto "Mejoramiento Centro Universitario de Zacapa USAC-CUNZAC, ZACAPA, ZACAPA." b) El proyecto está formulado con base en los criterios técnicos normativos institucionales, según pronunciamiento remitido por la Comisión de Evaluación, Normalización y Control de Bienes Inmuebles propiedad de la Universidad de San Carlos de Guatemala, mediante oficio identificado como OF.REF.CBI 47-07-2024 del 29 de julio de 2024. c) Se garantiza la sostenibilidad del proyecto durante su vida útil (costos de administración, operación y mantenimiento que genera el mismo) estos costos se cubrirán con el presupuesto ordinario asignado al Centro Universitario de Zacapa de la Universidad de San Carlos de Guatemala, según Punto CUARTO, inciso 4.1 del Acta No. 14-2024 de sesión extraordinaria celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Zacapa de la Universidad de San Carlos de Guatemala, el 29 de julio de 2024 y OFICIO DGF No. 1010A-2024 de fecha 30 de julio de 2024, emitido por la Dirección General Financiera de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
Se instruye al Director del Centro Universitario de Zacapa, para que, gestione ante la Municipalidad de Zacapa, unidad ejecutora del proyecto, que se agregue al proyecto denominado "Mejoramiento Centro Universitario de Zacapa USAC - CUNZAC, Zacapa, Zacapa", identificado en el Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP- con el código No. 330446, la proyección de costos para la administración, operación y mantenimiento del mismo, en concordancia con lo acordado por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Zacapa en el Punto CUARTO, inciso 4.1 del Acta No. 14-2024 de sesión extraordinaria celebrada por el Consejo Directivo del referido Centro Universitario, el 29 de julio de 2024 y del cual, se pronunció la Dirección General Financiera.
Se instruye a las Autoridades del Centro Universitario de Zacapa de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para que, contemplen dentro de su Presupuesto Ordinario, los costos de administración, operación y mantenimiento, que genere el proyecto "Mejoramiento Centro Universitario de Zacapa USAC-CUNZAC, Zacapa, Zacapa", durante la vida útil establecida en dicho proyecto, toda vez que, para estos costos, no se aprobarán asignaciones extraordinarias.
Se nombra a la Comisión de Evaluación, Normalización y Control de Bienes Inmuebles propiedad de la Universidad de San Carlos de Guatemala y al Director del Centro Universitario de Zacapa, o quien haga sus funciones, para dar seguimiento a la ejecución del proyecto en mención y que verifiquen el cumplimiento de las observaciones presentadas por el Coordinador General de Servicios e Infraestructura Física de la División de Servicios Generales de la Dirección General de Administración de la Universidad de San Carlos de Guatemala, mediante Opinión Técnica. DUC. 0162024 de fecha 29 de julio de 2024, así como, las contenidas en la Opinión Técnica 242024 del Centro de Estudios de Desarrollo Seguro y Desastres de la Universidad de San Carlos de Guatemala -CEDESYD- trasladada mediante Of.Ref.Cedesyd. 146.07.2024 de fecha 29 de julio de 2024. La Comisión de Evaluación, Normalización y Control de Bienes Inmuebles propiedad de la Universidad de San Carlos de Guatemala y el Director del Centro Universitario de Zacapa, deberán presentar a este Consejo Superior Universitario, informes cuatrimestrales sobre los avances y observaciones del referido proyecto, así como, deberán presentar un informe final para su aceptación al momento de finalizado el proyecto.
Se instruye a la Comisión de Evaluación, Normalización y Control de Bienes Inmuebles propiedad de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para realizar una visita técnica al bien inmueble propiedad de la Universidad de San Carlos de Guatemala, donde se desarrollará el proyecto referido. Lo anterior, para presentar ante este Consejo Superior Universitario, un informe técnico integral, de conformidad y dentro de la esfera de su competencia y responsabilidades con relación la ejecución del proyecto "Mejoramiento Centro Universitario de Zacapa USAC - CUNZAC, Zacapa, Zacapa", el cual debe estar suscrito por cada uno de los miembros que integran dicha Comisión.
Se instruye para que, al momento de recibir el proyecto, se realice el aviso que corresponda al Departamento de Contabilidad para el registro en los activos fijos de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
Notificar la presente resolución al Centro Universitario de Zacapa de la Universidad de San Carlos de Guatemala; al Concejo Municipal de la Municipalidad de Zacapa, departamento y municipio de Zacapa y al Coordinador de la Comisión de Evaluación, Normalización y Control de Bienes Inmuebles propiedad de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
Nota: transcripción inmediata.
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar | 26 |
| 2 | No aprobar | 0 |
| 3 | Abstenciones | 3 |
| Total | 29 |
quórum: 29 miembros del Consejo Superior Universitario
Sin documentos por conocer.
Sin documentos por conocer.
Sin documentos por conocer.
Sin documentos por conocer.
Universidad de San Carlos de Guatemala
Consejo Superior Universitario
| No. | Documento | Suscrito por | Asunto | Descripción |
|---|---|---|---|---|
| 1 | REF.DPI No.104-2024 de fecha 28 de junio de 2024. | Lic. Edwin Alejandro Medina Morales, Jefe de Información y Relaciones Públicas / División de Publicidad e Información. | Informe de los logros alcanzados durante el período del 01 de julio de 2023 al 30 de junio de 2024 de la División de Publicidad e Información -DPI | Se adjunta para conocimiento del Consejo Superior Universitario Informe de Resultados período 2023- 2024: Periódico de la USAC; Televisión; Redes Sociales y Página Web; Publicaciones en medios externos. (21 folios) |
| 2 | Documento sin número de referencia, de fecha 02 de julio de 2024. | Lic. Dave Adin Recinos y Recinos, Secretario del Consejo Directivo del Centro Universitario de Sur Oriente. | Transcripción de Punto SEXTO del Acta No. 12- 2024, de sesión celebrada por Consejo Directivo del Centro Universitario de Sur Oriente el 11 de junio de 2024. | Se remite acuerdo para conocimiento del Consejo Superior Universitario respecto a la toma de posesión del M.A. Estuardo Juventino Ruano Estrada, como Director en funciones del Centro Universitario de Sur Oriente de la Universidad de San Carlos de Guatemala, durante el período del 01 de julio de 2024, hasta que tome posesión el Director que resulte electo, sin exceder del 31 de diciembre de 2024. (2 folios) |
| 3 | Oficio identificado como ECC 203-2024 de fecha 28 de junio de 2024. | M.A. Héctor Salvatierra, Secretario de la Escuela de Ciencias de la Comunicación. | Transcripción de Punto TERCERO, inciso 3.1 del Acta No. 03-2024 de sesión ordinaria celebrada por el Consejo Directivo de la Escuela de Ciencias de la Comunicación el 24 de junio de 2024. | Consejo Directivo de la Escuela de Ciencias de la Comunicación, acusa de recibida la notificación del PUNTO SÉPTIMO, inciso 7.2 del Acta No. 13-2024 de sesión ordinaria celebrada por el Consejo Superior Universitario el 13 de junio de 2024. (2 folios) |
| 4 | Documento sin número de referencia y fecha 23 de julio de 2024. | Lic. Diego Montenegro, Representante Suplente de la Universidad de San Carlos de Guatemala ante la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social. | Atención a punto TERCERO del Acta No. 42-2021 de sesión extraordinaria celebrada por el Consejo Superior Universitario el 17 de septiembre del año 2021. | Informe Ejecutivo de la gestión en sesiones ordinarias y extraordinarias celebradas por Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social correspondiente al período de abril a junio de 2024. Adjunta Plan Estratégico Institucional 2023-2027 del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social. (85 folios). |
La Secretaría General de la Universidad de San Carlos de Guatemala, deja constancia de lo siguiente:
Que estuvieron presentes desde el inicio de la sesión: M.A. Walter Ramiro Mazariegos Biolis, Lic. Henry Manuel Arriaga Contreras; Ing. José Francisco Gomez Rivera, Dr. Juan Francisco Pérez Sabino, Dr. Byron Giovanni Mejía Victorio, Dr. Kenneth Roderico Pineda Palacios, M.A. Santos de Jesús Dávila Aguilar, Lic. Rodolfo Chang Shum, Dr. Marvin Roberto Salguero Barahona, Arq. Sergio Francisco Castillo Bonini, Dr. Mario David Cerón Donis, Ing. Mec. Carlos Humberto Aroche Sandoval, Dr. Roberto Agustín Cáceres Staackmann, Lic. Urías Amitaí Guzmán García, Dr. Augusto Roberto Wehncke Azurdia, Lic. Gregorio Lol Hernández, Dr. Carlos Augusto Vargas Gálvez, Lic. Osmín de Jesús Pineda Melgar, Arq. Milton Giovanni Fuentes López, Dr. Herbert Estuardo Díaz Tobar, Ing. Hugo Humberto Rivera, Dra. María Eunice Enríquez Cottón, Lic. Felipe Hernández Sincal, Dr. Luis Alberto Barillas Vásquez, M.A. Pedro Peláez Reyes, Sr. Oscar Eduardo García Orantes, Sr. Roberto Antonio Barraza González, Sr. Julio Armando Saavedra Gonzalez, Sr. Elvis Enrique Ramírez Mérida, Sr. Edgar Eduardo Parada Villalta, Dr. Abraham González Lemus, Abogada Astrid Elizabeth García Castillo y, Abogado Luis Fernando Cordón Lucero.
Que se presentaron posterior al inicio de la sesión: (14:02) MSc. Arq. Ana Verónica Carrera Vela, Sr. Wider Rolando Santos Chingo; (14:06) Dr. Berner Alejandro García García; (14:07) Sr. Willy Rolando Barrientos Sancé; (16:00) Ph.D. Dr. Alberto García González.
Que se retiraron antes de finalizar la sesión, los siguientes consejeros: (14:29) Lic. Rodolfo Chang Shum, reincorporándose nuevamente a las (14:42) y se retiró a las (15:29); (14:49) Lic. Osmín de Jesús Pineda Melgar; (15:14) MSc. Arq. Ana Verónica Carrera Vela.
Que se excusaron de participar en la presente sesión: Lic. José Alfredo Aguilar Orellana, Representante Docente de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, Sr. Marvin Rodolfo Argueta Anzueto, Representante Estudiantil de la Facultad de Ciencias Médicas.
Que estuvo ausente durante la sesión: Srta. Ana Sofía Cardona Reyes, Representante Estudiantil de la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia.
Que esta sesión se realiza en virtud de la tercera citación, y que concluye a las diecisiete horas (17:00), en el mismo lugar y fecha de su inicio. DOY FE.